Más Información
313 detenidos por violencia de género en CDMX en menos de dos meses; violencia familiar y abuso sexual los delitos más denunciados
Senado celebra registro de casi 12 mil aspirantes para elección judicial; “marca un hito en la historia jurídica", dice
Enfrentamientos armados en Concordia y ataques a cámaras de vigilancia en Culiacán; Ejército se desplaza para controlar la violencia
Morena
alista el proyecto de iniciativa para incorporar la revocación de mandato y ampliar las consultas populares en la Constitución , mismo que propondrá con el aval del PT y Encuentro Social, en la Cámara de Diputados .
Con la reforma al artículo 35 constitucional , los legisladores pretenden que las consultas populares puedan realizarse cualquier día y no necesariamente en una jornada electoral , ello permitiría al presidente electo, Andrés Manuel López Obrador , al ejercer el cargo, convocarlas cuando quisiera.
El documento del cual EL UNIVERSAL tiene una copia, mantiene que las consultas pueden ser convocadas por el Presidente de la República, el equivalente a 33% de alguna de las Cámaras del Congreso y disminuye de 2% a 1.5% de la Lista Nominal del Instituto Nacional Electoral (INE) para que los ciudadanos ejerzan esta facultad.
Como el Congreso está conformado para la actual 64 Legislatura , la sola fracción de Morena en la Cámara de Diputados podría solicitar la ejecución de una consulta popular o revocación de mandato , mientras que la oposición requeriría unirse en, al menos, tres de sus grupos más grandes (PAN, PRI y MC).
En tanto, la revocación de mandato debería solicitarse durante el primer periodo ordinario del segundo año de la Legislatura en curso, sería convocada por el Congreso de la Unión y se realizaría el mismo día de la jornada electoral federal, en la que sólo se elijan diputados federales.
“La revocación del mandato será vinculante por mayoría absoluta de los votos depositados en las urnas, siempre que concurra a votar al menos 40% de los inscritos en la lista nominal de electores”, puntualiza la propuesta.
El INE será el organismo encargado de la verificación de la organización y desarrollo de la votación y los cómputos parciales; y sus resoluciones podrán ser impugnadas en los términos que ya dispone la ley.
Por otra parte, el artículo 99 de la Carta Magna, la legislación actualmente señala que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) “realizará el cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos ” y esa frase se sustituye completamente por que “realizará el cómputo final del proceso de revocación del mandato del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”.
“La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitirá la declaración de validez del proceso de revocación del mandato y su resultado final. Cuando el resultado sea revocatorio, el presidente cesará en sus funciones al día siguiente y se aplicará el artículo 84 de esta Constitución”, añade.
mpb