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La senadora Martha Tagle solicitó al presidente Enrique Peña Nieto destituir al encargado de la PGR, Alberto Elías Beltrán porque en los cinco meses al frente del ministerio público federal ha demostrado que no cumple con el perfil ni la experiencia necesaria para hacer frente a las responsabilidades inherentes al cargo.
Por medio de un punto de acuerdo, Tagle consideró que el encargado de despacho de la PGR tampoco cumple con los principios de certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad, disciplina y respeto a los derechos humanos, que la misma Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República mandata.
Tagle Martínez reclamó que Elías Beltrán a través del comunicado 166/186 dio a conocer un video grabado por las cámaras de seguridad de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada ( SEIDO ) en el cual se observa al aspirante presidencial del PAN, Ricardo Anaya Cortés, quien asistió para entregar documentación sobre la investigación iniciada en su contra.
“El video se grabó ilegalmente porque en las instalaciones de la PGR-SEIDO , a donde acudieron el candidato y los representantes del Frente no hay ningún aviso de privacidad que advierta al ciudadano que está siendo videograbado y menos que el video será dado a los medios”, fustigó.
Por separado, el vicecoordinador político del PT, Zoé Robledo , solicitó que el Senado se pronuncie en contra de lo que consideró “uso faccioso o partidista de la PGR”, y llamó a que ejerza sus funciones constitucionales y legales de manera objetiva, imparcial e independiente.
También en un punto de acuerdo, el senador por Chiapas demandó a la PGR que defina a la brevedad posible la situación jurídica de Ricardo Anaya Cortés respecto a la investigación sobre el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita en la que se le involucra.
Para que en caso de contar con elementos que permitan establecer la existencia de ese delito y la probable participación en el mismo del propio Ricardo Anaya, se ejercite la acción penal que en Derecho corresponda o en caso de que no existan elementos se decrete el no ejercicio de la acción penal.
ahc