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La Suprema Corte de Justicia de la Nación indicó que los juicios por derecho de réplica son competencia de jueces de Distrit o aunque quienes intervengan en ellos sean partidos políticos, candidatos o cualquier otro de carácter electoral .
También avaló que en los juicios por derecho de réplica quien resulte perdedor podría ser condenado a pagar a la otra parte los gastos y costos que le generó el litigio .
Esto al considerar que implican un resarcimiento para quien actuó de buena fe y se vio sometido al juicio y evitan que las personas acudan a las demandas por réplica de manera "superflua, sin fundamento o con malicia".
Los ministros concluyeron este jueves la discusión de las acciones de inconstitucionalidad contra la ley sobre el Derecho de Réplica y también avalaron la aplicación de multas derivado de su ejercicio.
Definieron que los efectos del fallo de las acciones de inconstitucionalidad surtirán al día siguiente de su publicación de la sentencia en el Diario Oficial de la Federación excepto por lo referente a la invalidez del término de cinco días para hacer valer el derecho de réplica.
Durante la sesión del martes pasado los ministros consideraron que el término no era suficiente y que el Congreso de la Unión debía legislar para ampliarlo pues las personas afectadas por la información falsa o inexacta que se publique, pueden no enterarse a tiempo de su difusión.
Por ello, establecieron que la invalidez del término surtirá efectos a los 90 días naturales siguientes a la publicación de la sentencia para que el Congreso de la Unión cuente con tiempo suficiente para legislar y establecer un nuevo plazo para el ejercicio del derecho de réplica.
lsm