Política

Juez federal desecha amparo de Nueva Alianza por pérdida de registro

El juez Décimo Cuarto de Distrito en materia Administrativa desechó por notoriamente improcedente la demanda de amparo presentada por el partido el pasado 3 de octubre

Foto: archivo/EL UNIVERSAL
08/10/2018 |18:22Diana Lastiri |
Redacción El Universal
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Un juez federal desechó la demanda de amparo promovida por el Partido Nueva Alianza ( Panal ) contra la pérdida de su registro ante el Instituto Nacional Electoral ( INE ).

El juez Décimo Cuarto de Distrito en materia Administrativa desechó por notoriamente improcedente la demanda de amparo presentada por el partido el pasado 3 de octubre.

Esto, debido a que en materia electoral los jueces de amparo no son autoridad competente sino que, en el caso del partido político , la impugnación contra la pérdida del registro deberá tramitarse ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) .

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“Conforme a la Constitución Federal, existe un sistema de justicia electoral que permite, por un lado, impugnar leyes electorales vía acción de inconstitucionalidad, sin que sea viable impugnar a través del juicio de amparo disposiciones que atañen específicamente a esa materia”, indicó el juez.

“Este órgano jurisdiccional considera que la legislación y actos combatidos se circunscriben al ámbito de la materia electoral , en su vertiente indirecta, pues indudablemente se vinculan con los derechos y prerrogativas del partido político en cuestión, y de forma destacada, con el derecho a participar, conforme a lo dispuesto en la Constitución y en las leyes aplicables, en la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales, así como tener acceso a radio y televisión y participar del financiamiento público correspondiente a sus actividades políticas, entre otros”.

El 12 de septiembre pasado el INE decretó la pérdida del registro nacional de Panal y del Partido Encuentro Social pues no alcanzaron el tres por ciento de votación durante los comicios de julio pasado.

Con ello, el INE anunció el inicio del procedimiento de liquidación de los bienes de ambos partidos y el cese del financiamiento público que recibían.

En consecuencia, las prerrogativas del partido debían ser depositadas en cuentas bancarias abiertas y administradas por los interventores-liquidadores designados por el INE y los recursos serán utilizados para la liquidación.

En la votación presidencial el Panal recibió el 0.9% de sufragios; el 2.3% en la elección de diputados y 2% en la de senadores.

Durante la sesión del INE , Luis Castro Obregón, presidente nacional de Panal acusó que la decisión de quitarle el registro no fue de la ciudadanía sino del TEPJF .

mpb

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