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Por violación al modelo de comunicación política, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) podría acotar la transmisión de las conferencias mañaneras del presidente Andrés Manuel López Obrador en emisoras públicas de televisión.
El pasado 23 de mayo el PAN promovió una queja en contra del presidente López Obrador, y emisoras del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, por el incumplimiento en la transmisión de la pauta de televisión que debe difundirse durante los procesos electorales.
Según el PAN , debido a la transmisión de las mañaneras esas emisoras públicas han dejado de cumplir con su obligación constitucional de difundir los spots a que tienen derecho todos los partidos, de manera particular en las 6 entidades que tienen elección el 2 de junio.
El artículo 41 constitucional señala que a partir del inicio de las precampañas hasta el día de la jornada electoral “ quedarán a disposición del INE 48 minutos diarios, que serán distribuidos en dos hasta tres minutos por cada hora de transmisión en cada estación de radio o canal de televisión ”, mensajes que se distribuyen entre los partidos y que ahora se habrían suspendido en aras de no interrumpir las mañaneras.
La única excepción a la emisión de spots conforme a la pauta ordenada por el INE es cuando hay una transmisión especial, siempre y cuando se informe al Instituto con 72 horas de anticipación y éste, como administrador exclusivo de los tiempos del Estado, lo autorice y acuerde los tiempos en los que se compensarán los mensajes no emitidos, lo que no ocurrió ahora pues hubo según el PAN una decisión unilateral.
“Desde el inicio de las campañas, en los 6 Procesos Electorales Locales , la mayor parte de concesionarios públicos decidieron de manera unilateral ampararse en el artículo 56 del Reglamento de Radio yTelevisión en Materia Electoral, para simular como si se tratara de una transmisión especial sin cortes, la cobertura mediática que se le da al presidente la República Andrés Manuel López Obrador, en sus conferencias de prensa matutinas”, denunció el PAN.
“Resulta perverso que sólo los concesionarios públicos no hayan cumplido con su obligación constitucional de transmitir dentro de la franja horaria de las 07:00 a las 10:00 am, como si se tratara de una disposición ejecutiva, decreto o memorándum por encima de la Constitución Federal”, advirtió.
Esta es la segunda queja que el PAN promueve contra las mañaneras; la primera fue descartada y en ella alegó directamente afectación a la equidad en las contiendas electorales locales, caso distinto al que ahora analizará el INE por violación al modelo de comunicación política.
En el primer caso la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se declaró incompetente para resolver.