La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) otorgó la adopción de medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del Partido del Trabajo (PT), por el presunto uso indebido de la pauta, derivado de la difusión del promocional en radio y televisión denominado GONZALO TV con número de folio RV00361-19 (televisión) y GONZALO RADIO con número de folio RA00481-19 (radio), ya que el material no contiene la referencia del cargo al que aspira Alejandro Gonzalo Yáñez, así como el partido político responsable del mensaje.

A decir del quejoso, lo anterior podría generar confusión en el electorado.

En sesión extraordinaria urgente de la Comisión, por mayoría de dos votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, y el voto en contra de la Consejera Pamela San Martín, la Comisión determinó dictar las medidas cautelares, dado que la Ley especifica que, durante el periodo de campaña, debe existir un genuino ejercicio de promoción del voto, en el cual -tratándose de candidaturas unipersonales, en las que exista un sólo cargo de elección popular a elegir- se debe identificar plenamente al sujeto registrado que participa en la contienda electoral, así como el partido político que, en su caso, lo postula.

La Comisión advirtió, de un análisis preliminar, que se promueve al candidato Alejandro Gonzalo Yáñez a la Presidencia Municipal de Durango, sin que se indiquen elementos, ya sea visuales o auditivos, que muestren a la ciudadanía el cargo al que aspira, así como el o los partidos que lo postulan o el partido responsable del promocional, por lo que, bajo la apariencia del buen derecho, ante la ausencia de dicha referencia se podría generar confusión o desinformación en el electorado, lo cual podría poner en riesgo el principio de certeza, lo que justifica la adopción de la medida cautelar solicitada.

Por ello se ordenó al Partido del Trabajo sustituir, en un plazo no mayor a seis horas, el promocional GONZALO TV con número de folio RV00361-19 (televisión) y GONZALO RADIO con número de folio RA00481-19 (radio). Además, se vinculó a las concesionarias de radio y televisión para que en un plazo no mayor a 12 horas realicen los actos necesarios a fin de detener la transmisión del promocional denunciado.

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