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El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), resolvió interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas .
La Ley en cuestión fue publicada el pasado 1 de abril y en sus artículos 29, 34 y 153, así como los transitorios Quinto, Décimo y Décimo Primer Transitorio pueden contravenir disposiciones y principios de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalaron los integrantes del Pleno.
Entre las disposiciones prevén un procedimiento de designación de los comisionados distinto a lo establecido en la Constitución, definen causales adicionales a las constitucionales para removerlos y contempla la remoción anticipada de los comisionados actuales del Instituto chiapaneco.
También, establecen motivos de improcedencia para la atención de solicitudes que podrían ser limitativos o restrictivos del derecho de acceso a la información.
Francisco Javier Acuña Llamas, comisionado presidente del órgano garante señaló que el INAI ha sido respetuoso del ámbito de las entidades federativas; no obstante, en Chiapas, desde hace tiempo, se han evidenciado una serie de acciones del Congreso local para que los comisionados en funciones dejen su cargo.
Agregó que el Congreso emitió una reforma a la legislación local que tiene elementos suficientes para llevarla a examen constitucional ante la SCJN.
“Respetuosamente, a las autoridades del estado de Chiapas les hacemos saber que llevaremos a examen superior este ordenamiento para que sea la Corte la que resuelva, cuando haya condiciones y esperemos que sea muy pronto, para que la normalización de la vida del órgano garante de la transparencia en Chiapas recobre la serenidad institucional que se requiere para trabajar fecundamente por la causa que nos ocupa”, indicó.
Por su parte, el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov destacó que, en términos generales, la Ley estatal es acorde con los principios y bases de la Constitución federal y de la Ley General de Transparencia; sin embargo, precisó que el artículo 29, fracción V, modifica y reduce el número de legisladores necesarios para aprobar los nombramientos de los Comisionados, lo cual puede resultar en la inobservancia a los principios de independencia y autonomía del órgano garante.
MAOT