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El Protocolo para la Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo entró en vigor ayer. Este instrumento prevé la validación, en un plazo de cuatro años, de los convenios a los que están sujetos los trabajadores.
El artículo décimo primero transitorio del decreto por el que se reformó la Ley Federal del Trabajo establece que todos los sindicatos deben legitimar sus contratos colectivos de trabajo en un plazo máximo de cuatro años por una consulta donde los trabajadores decidan, mediante voto personal, libre, directo y secreto, si aprueban o no el contenido.
El protocolo establece que el secretario general o el apoderado legal del sindicato titular del contrato colectivo que se legitimará, deberá dar aviso de la consulta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) a través de la plataforma y registrar la información del sindicato, el patrón y el convenio legal.
Para garantizar que los trabajadores voten con libertad, seguridad y secrecía, el protocolo dispone que la consulta deberá ser verificada por un fedatario público o una autoridad laboral. El sindicato elegirá la modalidad de su preferencia y señalará el lugar, fecha y hora en que se realizará el evento.
Una vez que éste quede registrado, la plataforma generará la convocatoria, boletas y actas de votación que deberán utilizarse.
La convocatoria deberá emitirse y publicarse en lugares visibles del centro de trabajo con al menos 10 días hábiles de anticipación a la fecha de la votación. Asimismo, el patrón deberá entregar oportunamente a sus trabajadores un ejemplar impreso del contrato.
Se especifica que el patrón no podrá intervenir en el procedimiento; la votación se realizará el día, hora y lugar señalados en la convocatoria, en un lugar que garantice condiciones de accesibilidad y seguridad; los trabajadores se identificarán para su registro en el listado de votantes y la entrega de su boleta respectiva; los trabajadores emitirán su voto de manera personal, libre, directa y secreta.
El aviso de resultado deberá remitirse a la STPS para su validación. Si la mayoría de los trabajadores aprueba el contenido de su contrato colectivo y la STPS no realiza observaciones durante los 20 días hábiles posteriores a la presentación del aviso de resultado, el contrato colectivo se tendrá por legitimado.