La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción para analizar si el gobierno federal ha sido omiso sobre la implementación de medidas de protección para niños migrantes .

También analizará si las autoridades migratorias están obligadas a saber cuántos menores de edad viajan en las caravanas migrantes que entran al país y si se les debe dar condición de refugiados de manera “automática” a los extranjeros que lleguen a México alegando que huyen de la violencia en sus países.

El amparo fue tramitado por la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia, A. C., que solicitó la protección federal para que el gobierno implemente estas medidas de protección y garantías de derechos humanos a favor de los integrantes de las caravanas migrantes que ingresaron a México entre octubre y noviembre de 2018.

El asunto fue atraído a propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá por lo que será turnado a otro integrante de la Primera Sala para que elabore el proyecto de sentencia.

De acuerdo con la Corte, la resolución servirá de precedente para determinar si el Poder Judicial de la Federación está facultado para pronunciarse en caso de incumplimiento por parte de las autoridades administrativas del Estado de los tratados internacionales en materia de migración y cómo serán restituidos los derechos de los integrantes de las caravanas migrantes para quienes se solicitó el amparo.

“La resolución del presente asunto también podría permitir determinar si la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político y su Reglamento, se adecuan el régimen normativo que ha emitido ACNUR; en específico, si los requisitos que han de satisfacerse y la forma en que ha de sustanciarse el procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado, en el régimen nacional, se acomodan al estándar de protección internacional”, indicó el Máximo Tribunal.

“Igualmente podría llevar a definir quiénes son las autoridades administrativas competentes para promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de los menores de edad migrantes que transiten sobre territorio nacional; en específico, qué autoridades son las que deben coordinarse a propósito de la implementación de programas y políticas públicas que protejan sus derechos como grupo que se coloca en una condición de vulnerabilidad”.

MAOT

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