La Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados tiene listo el dictamen de la iniciativa presidencial para que el Jefe del Ejecutivo reasigne recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación en caso de emergencias y que se prevé votar el próximo martes.

En el documento, que modifica la iniciativa presidencial, se establecen candados para que el Titular del Ejecutivo federal reasigne recursos a través de la Secretaría de Hacienda, pues especifica que cuando haya ajustes de más de 10% del total del presupuesto o una cirugía mayor, tendrá que recibir la autorización de la Cámara de Diputados en un plazo de 10 días naturales a partir del día siguiente al de su recepción.

En las modificaciones al artículo 21 Ter. de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se explica que cuando la reorientación del destino de los recursos en total sea superior a 5% del monto total aprobado en el gasto, la Secretaría de Hacienda deberá reportarlo en los informes trimestrales y los diputados sólo podrán opinar sobre éste.

También se atendió la petición de los gobernadores y los alcaldes para no tocar el Fondo Metropolitano, pues desapareció el artículo transitorio que establecía que los recursos para esta bolsa fueran reorientados para destinarse a programas para el otorgamiento de créditos y apoyos a la sociedad.

Pese a los candados, legisladores de oposición calificaron como una trampa o una simulación esta nueva redacción, pues el Jefe del Ejecutivo podría reasignar 9.9% del gasto (608 millones de pesos), casi el monto total de inversión sin la autorización del Congreso.

Además, explican que se mantiene la discrecionalidad en el uso de los recursos, pues no está claro cuánto durará y quién debe declarar una emergencia económica. También consideran que al decir que la Secretaría de Hacienda puede reorientar los recursos se especifica que irían a los proyectos prioritarios y programas sociales y no a atender las emergencias por las que se declare.

Emergencias

El texto también describe que el Titular del Ejecutivo no sólo podrá declarar emergencia ante una situación económica difícil, sino también de salubridad general en el país y detalla que el objetivo de esta iniciativa es que Hacienda pueda reorientar recursos para programas y acciones prioritarias incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo, fomentar la actividad económica del país, atender emergencias de salud e impulsar programas en beneficio de la sociedad.

Precisa que el Poder Ejecutivo podrá emitir declaratoria de emergencia económica cuando advierta una variación negativa drástica e imprevista en el comportamiento de los principales indicadores económicos que sustentaron el proceso de presupuestación para el ejercicio fiscal en curso y cuyos efectos requieran una reorientación en el gasto para evitar, reducir o superar daños severos a la actividad económica nacional y al bienestar de la población.

Asimismo, la Secretaría de Hacienda deberá presentar a la Cámara de Diputados una revisión integral del marco macroeconómico contenido en los criterios generales de política económica, en donde se incluyan análisis y pronósticos de distintas fuentes y referencias, entre otras, como las del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y el Banco de México.

Describe que un elemento determinante por sí mismo para la emisión de la declaratoria sucederá si, de acuerdo con los datos trimestrales emitidos por el Inegi, se registra una tasa real de crecimiento negativa del Producto Interno Bruto de al menos 1% respecto al observado en el mismo trimestre del año precedente y adicionalmente que el pronóstico advierta que el decremento se prolongará durante el trimestre posterior a su medición.

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