Por los delitos de robo a casa habitación y feminicidio , en la Constitución quedaría establecido que el delincuente sea objeto de prisión preventiva oficiosa durante el juicio en su contra, de acuerdo con una reforma aprobada por el Senado al artículo 19 constitucional.
El pleno senatorial aprobó esta modificación constitucional por 88 votos a favor y 16 en contra, y con ello esa reforma fue remitida a la Cámara de Diputados, para su revisión, por el presidente de la mesa directiva, Martí Batres Guadarrama.
A propuesta del senador Juan Antonio Martín del Campo (PAN), el pleno del Senado aceptó incorporar el robo a casa habitación, al catálogo de delitos por los cuales el juez pueda ordenar la prisión preventiva oficiosa.
Esta medida, sería integrada al artículo 19 de la Constitución, en materia de prisión preventiva oficiosa, una alternativa legal, a fin de que un presunto delincuente sea privado de la libertad, en tanto se sigue proceso en su contra.
La Constitución prevé que el ministerio público puede pedir esta medida para "garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso".
Martín del Campo dijo que la protección de las víctimas en este tipo de delitos es una demanda de la que tuvo conocimiento durante su campaña electoral.
Por su parte, la presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Martha Lucía Micher Camarena (Morena), propuso y obtuvo la aceptación de la asamblea para que también se incorpore el delito de feminicidio a los que sean objeto de prisión preventiva oficiosa.
Con estas aprobaciones, en su etapa de debate en lo particular, el Senado concluyó la votación de reforma al artículo 19, que agregaron ocho delitos a los que serán objeto de prisión preventiva oficiosa, y la minuta correspondiente fue enviada a la Cámara de Diputados.
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