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Los grupos parlamentarios del PRI y MC van contra el acoso, hostigamiento y abuso sexual.
La diputada de Movimiento Ciudadano , Adriana Gabriela Medina Ortiz , presentó una reforma a los artículos 14 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y 259 Bis del Código Penal Federal, así como el 51 del Código Nacional de Procedimientos Penales para que la información que se genera en el ciberespacio, consultable libremente y que contenga explícita, textual y claramente un señalamiento de abuso sexual, acoso u hostigamiento sexual , incluyendo nombres de la presunta víctima y perpetrador, se indague en los ámbitos del ministerio público federal.
Medina Ortiz agregó que esta información debe ser integrada para robustecer las investigaciones que ya hayan sido formalmente presentadas.
Esto, para que dentro de las responsabilidades de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República , la obligación de indagar de oficio los señalamientos directos, específicos y textuales que se hagan en el ciberespacio en temas relacionados con acoso sexual a menores de edad, pornografía infantil, el acoso y hostigamiento sexual.
Asimismo, se propone establecer la obligación del ministerio público federal para verificar de oficio los vínculos posibles entre personas que tengan denuncias ministeriales sobre acoso u hostigamiento y los señalamientos textuales, específicos y explícitos que se realicen en el ciberespacio .
“El Ministerio Público federal de oficio verificará la existencia de vínculos entre las denuncias contra los posibles perpetradores de actos relacionadas con conductas mencionadas en el presente artículo y señalamientos específicos, explícitos y textuales que los vinculen a comportamientos similares a lo que dispone este artículo y que se encuentren registrados en el ciberespacio a través de medios de telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos siempre que los señalamientos contengan los nombres de la presunta víctima y el presunto delincuente y sean de libre acceso”, detalla la modificación al artículo 259 Bis del Código Penal Federal planteada.
En tanto, la vicepresidenta del PRI, Dulce María Sauri , propuso otra iniciativa para modificar la Ley General de Responsabilidades Administrativas para que las secretarías o los órganos internos de control consideren al hostigamiento sexual y acoso sexual como conductas no toleradas en el servicio público y sujetas a sanción.
“Con la reforma de este artículo se logrará un efecto doble: contar con más y mejores elementos para sancionar a los agresores y sanciones adecuadas a la gravedad de las conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual”, describe la legisladora tricolor.
“Abstenerse de realizar o tolerar cualquier conducta de hostigamiento sexual o acoso sexual”, describe la propuesta de modificación a la fracción XI del artículo 7° de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
“ Acoso sexual : una forma de violencia que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad o de connotación lasciva y en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos”, se detalla en la propuesta de modificación en la fracción XXIX del artículo tercero de dicha ley.