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El pleno de la Cámara de Diputados avaló, con 398 votos a favor, 36 en contra y una abstención, reformas a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y la Constitución para que todos los empleados de la Administración Pública Federal puedan formar sindicatos y la elección de sus dirigentes se haga mediante el voto libre, directo y secreto de los afiliados.
Este dictamen, que fue enviado al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor, define que el trabajador al servicio del Estado ejercerá en todo momento su libertad de adhesión o separación de un sindicato y a nadie se le puede obligar a formar parte de una agrupación, a no estar en él o a no permanecer en el mismo.
“La elección de las directivas sindicales se hará mediante el voto personal, libre, directo y secreto de los afiliados, previa convocatoria que se emitirá con una anticipación no menor a los quince días y que se difundirá entre todos los miembros del sindicato”, establece la modificación al artículo 69 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
También el sindicato deberá notificar la convocatoria al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje con la misma anticipación, el cual podrá verificar el procedimiento de elección por conducto de los servidores públicos o fedatarios que designe para tal efecto y describe que “las elecciones que no cumplan estos requisitos serán nulas”.
Describe que para que se constituya un sindicato, se requiere que lo formen 20 trabajadores de una misma dependencia y el registro de un sindicato se cancelará por la disolución del mismo y la solicitud de su extinción podrá hacerse por persona interesada y el Tribunal.
Asimismo, destaca que los sindicatos podrán adherirse a las Federaciones de Sindicatos de Trabajadores, de acuerdo con sus normas internas.
Se prohíbe a los sindicatos que hagan propaganda religiosa, ejerzan la función de comerciante con fines de lucro, usar la violencia con los trabajadores libres para obligarlos a que se sindicalicen, así como fomentar actos delictuosos contra personas o propiedades.
Las Federaciones de Sindicatos se regirán por sus estatutos y, en lo conducente, por las disposiciones relativas a los sindicatos que se señala en esta ley, “en ningún caso podrá decretarse la expulsión de un sindicato en el seno de la Federación”.
rmlgv