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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) descartó hoy resolver la queja promovida por el ex senador Javier Corral , por presuntas irregularidades como doble afiliación e inflamiento del padrón del PAN en 2014 , previo a la contienda interna por la presidencia de ese partido.
El pasado 26 de enero Corral Jurado, hoy gobernador de Chihuahua, se desistió de su denuncia,
por lo que 8 de 11 consejeros consideraron procedente no seguir dando trámite al asunto pues o la supuesta afiliación corporativa ya fue resuelta por la Comisión de Afiliación y por el Tribunal electoral o bien, son temas que afectaban sólo a la esfera jurídica de Corral, sin afectación al interés público.
Pero los consejeros José Roberto Ruiz Saldaña, Pamela San Martín y Dania Ravel Cuevas, votaron en contra y pidieron seguir las indagatorias, pues las irregularidades que en su momento fueron denunciadas por Corral Jurado
No puede ser argumento que el quejoso pretendía depurar el padrón panista de cara a un proceso interno y que sólo se afectaba su esfera privada como militante, “los partidos deben cumplir sus normas de afiliación y no veo cómo puede ser norma de un partido el que haya doble militancia”, explicó Ruiz.
San Martín expuso que el tema de afiliación corporativa que denunció en 2015 Corral no ha sido abordada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) pues entonces se trató de “un procedimiento interno que tenía como propósito modificar el padrón de afiliados para efectos de la contienda interna. Aquí lo que se presenta como denuncia son infracciones en materia de afiliación”.
Por ello se requiere –dijo- un pronunciamiento respecto del fondo para determinar si hay una conducta que debe ser sancionada o no.
La consejera Ravel planteó que el INE debe proteger el interés público, y ese es el tema de esta queja.
“La denuncia tiene que ver con una posible violación al artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos y a la norma del PAN” y por ello los preceptos que se pueden violentar sí están velando por proteger un interés público, que es que exista un mínimo de militantes en un partido político para que mantengan su registro y, por ende, que estos no tengan una doble afiliación.
Expuso que hay corresponsabilidad del partido político y de la autoridad electoral para proteger ese bien jurídico.