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Con mayoría calificada el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular reformas a la Constitución por las que será posible el proceso de revocación de mandato , y se reforma el procedimiento para realizar consultas populares .
La aprobación del dictamen a la minuta que reforma y adiciona a los artículos 35, 36, 41, 81, 99, 116 de la Constitución fue en lo general con 372 votos en pro y con 75 votos en contra, con el aval de los diputados de todas las bancadas, menos del PAN.
En lo particular el apoyo fue con 356 votos a favor y 84 en contra, entre ellos diputados de PRD y también de Morena, éstos porque consideraron que el Senado de la República “echó a perder” el dictamen.
Pero en general las reformas sí tuvieron el apoyo de diputados de Morena, PRI, PRD, Movimiento Ciudadano, PT, PES y PVEM, por lo que fueron remitidas a los Congresos de los estados para concluir el proceso legislativo.
Los diputados del PAN advirtieron que las enmiendas un “engaño” e insistieron en que aún preocupa el tema de que se pretenda una reelección .
Ricardo Villareal y José Elías Lixa del PAN señalaron que es prácticamente imposible para los ciudadanos cumplir las reglas sin una organización corporativa detrás, pues 3 % de la Lista Nominal de electores (LNE) requerida son 2.7 millones de firmas ciudadanas, y se ordena al Instituto Nacional Electoral (INE) organizar y difundir pero sin darle presupuesto. Además para ser vinculante requeriría que 36 millones de mexicanos votaran.
“Podría salir más caro el caldo que las albóndigas” dijo Lixa, pues si se decide quitar al presidente el Congreso decidirá quién queda, y podría ser “otro fanático de la 4 T”.
ACEPTAN CORRECCIONES DEL SENADO
Conforme a lo aprobado, el Instituto Nacional Electoral (INE) convocará, organizará, difundirá y dará resultados en un proceso de revocación de mandato, mismo que podrá ser solicitado por el 3% de la Lista Nominal de Electores (LNE), con una representatividad del 3% de la lista nominal de 17 entidades federativas.
La revocación de mandato podrá solicitarse en una sola ocasión y en los tres primeros meses siguientes a la conclusión del tercer año de gobierno del Presidente, se realizará 90 días después de la convocatoria, en fechas que no coincidan con ninguna elección.
Además se prohibió que terceros compren propaganda para influir en los resultados, y en ningún caso se realizará el mismo día de elección federal.
Todos esos cambios fueron introducidos por el Senado, con lo que se generó el apoyo de las bancadas de PRI, PRD y MC, pues las reformas originalmente aprobadas por los diputados establecían que el Congreso sería el convocante de un proceso de revocación de mandato; éste podría ser solicitado por el Presidente, un tercio de la Cámara o ciudadanos, y se realizaría el día de las elecciones federales, con lo que en los hechos el presidente podría hacer campaña y estaría en las boletas.
Sin embargo, el PRI en voz de Enrique Ochoa Reza advirtió el riesgo de que una revocación de mandato de pie a que el país tenga 3 presidentes en 32 días y se deje a una ley, y no en la Constitución esas definiciones.
Esto porque de ser procedente la revocación, saldrá el presidente, el presidente del Congreso –que según la Ley Orgánica es el de la Cámara de Diputados- asumirá el cargo de Presidente de la República hasta por 30 días, y el mismo Congreso definirá quien queda en la Presidencia del país.
Respecto a la consulta popular, las reformas aprobadas también merecieron el apoyo de casi todos los partidos, menos el PAN.
Este apoyo también se debió a que el Senado modificó las bases avaladas por la Cámara de Diputados, entre ellas se estableció que sólo el INE difundirá estas consultas y se introdujeron mecanismos como la prohibición de terceros para que contraten propaganda en radio y televisión que busque influir en la opinión de los ciudadanos, prohibió toda propaganda gubernamental y estableció como fecha única de realización agosto.
Las enmiendas establecen que estas consultas serán sobre temas nacionales, podrán solicitarla el 2% de la Lista Nominal de Electores y podrá haber ahora consultas regionales con el 2% de la lista nominal de electores de la entidad o entidades correspondientes.
Estas consultas se realizarán el primer domingo de agosto, y no podrán ser objeto de consulta popular temas relativos a derechos humanos, los principios consagrados en el artículo 40 de la Constitución; la materia electoral; el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto.
Tampoco podrán abordarse asuntos de seguridad nacional; la organización, funcionamiento y disciplina de las Fuerzas Armadas; la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular, (para eso está la revocación) ni versarán sobre obras de infraestructura en ejecución.
También en este caso el INE organizará, difundirá, desarrollará el cómputo y la declaración de resultados de las consultas.
MAOT