El Senado aprobó mecanismos de extinción de dominio y atacar así a la delincuencia organizada en su poder económico, con cambios a la Constitución de donde se retiraría, si también lo aprueba la Cámara de Diputados , la prescripción de un catálogo de delitos .

En el debate de reformas a los artículos 22 y 73 de la Constitución se incluyeron como materia de extinción de dominio los bienes que provengan de la extorsión.

Los senadores, en comisiones, habían incluido en el catálogo de delitos a perseguir con la extinción de dominio, los delitos en materia de petrolíferos y petroquímicos.

Después de la medianoche, en la sesión más larga hasta el momento, que duró 14 horas, los senadores votaron en lo particular los dos artículos constitucionales, con mayoría calificada.

A las 22:20 horas habían aprobado las reformas en lo general por unanimidad de 99 votos, con el objetivo de dotar al Estado de instrumentos para atacar en el poder económico al crimen.

El coordinador de la mayoría, de Morena, Ricardo Monreal Ávila, en tribuna dijo que "se trata de una "reforma extraordinariamente urgente para alcanzar más fácilmente la pacificación".

Argumentó que "mientras no ataquemos la columna financiera de la delincuencia se mantendrán intocados los intereses de la delincuencia".

En la discusión en lo particular, fue aprobada una propuesta de Ismael García Cabeza de Vaca, que incluyó la extorsión en los delitos objeto de extinción de dominio.

El senador Miguel Ángel Mancera Espinosa (PRD) planteó incluir en el artículo 22 constitucional que "la ley fijará mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinción, incluidos los productos, rendimientos, frutos y accesorios".

Además, la autoridad podrá llevar a cabo la disposición de los bienes, su uso, usufructo, enajenación y monetarización, con criterios de interés público.

La bancada del PAN intervino en contra de que se retire de la Constitución la imprescriptibilidad de los delitos que se ataquen con la extinción de dominio.

La reforma adiciona que será procedente la extinción de dominio "sobre bienes de carácter patrimonial cuya legitima procedencia no pueda acreditarse y se encuentre relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos. delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos".

El proyecto de decreto con modificaciones fue devuelto a la Cámara de Diputados.

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