Nación

Plantea ministra negar un amparo contra ley de la GN

Asociación civil impugna artículos al considerarlos “fachada” para la militarización; no existe concentración de poder, dice Loretta Ortiz

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debatirá la próxima semana el negar un amparo a México Unido Contra la Delincuencia. Foto: Especial
13/04/2023 |03:31
Manuel Espino
Reportero de la sección NaciónVer perfil

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debatirá la próxima semana otro proyecto relacionado con las impugnaciones a la Guardia Nacional, la corporación que acumula diversos recursos jurídicos que cuestionan su origen militar y su transferencia administrativa y operativa a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Se trata de una sentencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf en la que propone negar un amparo a México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) contra el diseño jurídico de la corporación, al que califica como “fachada para el sistema centralizado militar”.

“La Ley de la Guardia Nacional rompe con el sistema nacional de seguridad pública, ya que no coordina la participación de los estados y municipios, sino que los somete al poder federal”, acusó la asociación, al impugnar los artículos 88, 89, 90, 91 y 92 de la legislación que regula la coordinación y colaboración de la GN con estados y municipios.

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Al realizar el estudio de fondo de las normas impugnadas, Ortiz Ahlf declaró infundados los argumentos de México Unido Contra la Delincuencia sobre que la centralización de la seguridad pública conlleve a la militarización del país, pues consideró que la “seguridad pública es una función del Estado que se ejerce a través de la Federación, las entidades federativas y los municipios.

“La colaboración y coordinación regulada en los preceptos reclamados, no implica la pérdida de atribuciones por parte de las entidades federativas ni municipios, sino una armonía organizada de sus facultades, con el objeto fundamental de salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social”, sentenció la juzgadora.

Remarcó: “La coordinación y colaboración a la que se refieren los artículos reclamados no se deben entender en términos centralistas, sino en el sentido de que corresponde a los tres niveles de gobierno celebrar los convenios correspondientes a fin de brindar una seguridad pública eficiente en beneficio de la sociedad”.

Ortiz Ahlf calificó de “inexacta” la aseveración de México Unido contra la Delincuencia, en el sentido de que la centralización de facultades conlleva a la militarización del país y con ello se vulnera el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

“En primer lugar, no existe tal concentración de poder en el ámbito de seguridad pública a cargo de las autoridades federales, precisamente derivado del sistema de coordinación y facultades concurrentes, Menos aún, los elementos de la Guardia Nacional actúan bajo el imperio de elementos castrenses, sino, como lo que es, una policía de carácter civil”, expuso.

La ministra añadió: “Con independencia de lo anterior, el posible exceso en las facultades de la Guardia Nacional, a través del secretario de seguridad, del titular del Poder Ejecutivo estatal o del municipal, sería imputable en el ámbito de aplicación de las normas impugnadas que prevén el sistema de coordinación y colaboración aludido.

“Lo anterior podría ser analizado a través de un medio de impugnación distinto, pues dicha cuestión escapa del análisis que este tribunal pleno realiza en el presente recurso al no ser combatido un convenio en específico. En consecuencia, son infundados los planteamientos hechos valer por la recurrente, materia de análisis del presente apartado”, expuso.

Ante ello, la ministra propondrá al pleno de la Suprema Corte de Justicia negar el amparo a México Unido Contra la Delincuencia con la siguiente determinación: “La justicia de la unión no ampara ni protege a México Unido Contra la Delincuencia, asociación civil, contra los artículos 88, 89, 90, 91 y 92 de la Ley de la Guardia Nacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2019”.

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