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Perdona Tribunal 36 mañaneras del Presidente

Los magistrados piden revalorar si AMLO violó ley electoral en 2023

Magistrados votaron por mayoría la revocación de la sentencia de la Sala Especializada. Foto: Especial
08/08/2024 |05:47
Otilia Carvajal
Reportero de la sección NaciónVer perfil

La Sala Superior del Tribunal Electoral pidió hacer un nuevo análisis para determinar si el presidente Andrés Manuel López Obrador cometió infracciones electorales en 36 conferencias matutinas de 2023, al señalar que el proceso ya caducó porque los asuntos tardaron más de un año en resolverse.

Por mayoría, se revocó la sentencia de la Sala Especializada que determinó que el Mandatario incurrió en la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, así como el uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada, entre otros.

Con los votos a favor de Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, así como los sufragios en contra de Reyes Rodríguez y Janine Otálora, la Sala Superior revocó la sentencia de la Sala Especializada en la que se acreditaban estas infracciones en materia electoral, y los regresa a esta instancia para un nuevo análisis.

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El proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón planteaba confirmar que el presidente incurrió en vulneraciones a la ley en estas conferencias matutinas; sin embargo, tres magistraturas argumentaron que los hechos caducaron porque la Sala Especializada tardó en dar una resolución.

Las conferencias matutinas involucradas ocurrieron entre mayo y octubre de 2023, donde el mandatario se refirió de manera negativa a Xóchitl Gálvez y su posible designación como candidata presidencial, entre otros temas electorales.

El magistrado Felipe de la Mata explicó que para el tema de la caducidad, la Sala Especializada debe analizar queja por queja para determinar el tiempo, y también tendría que determinarse por qué se tardaron tanto tiempo en resolver, pues las primeras quejas datan de mayo de 2023.

“Si se generaran estas acumulaciones y que la caducidad no venciera simplemente por la presentación de la última queja, pues evidentemente también podría prestarse a una especie de coyotaje para que no caducaran. Es decir, y con eso se rompería el principio de caducidad y de expeditez en los procedimientos especiales sancionadores”, apuntó.

Al respecto, el magistrado Felipe Fuentes señaló que se debe analizar el elemento de caducidad de estas denuncias, además de si tuvieron una incidencia en el proceso electoral, ya que de estas 24 fueron previo al arranque.

“Para mí era necesario que la sala analizara las expresiones de las conferencias matutinas denunciadas a la luz de la temporalidad en que se difundieron para justificar su impacto o incidencia con el proceso electoral respecto a la elección presidencial”, expuso.

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