Patricia Armendáriz

, , lanzó un tuit en redes sociales que causó polémica al sugerir que los periodistas deberían dar a conocer sus ingresos y la fuente de estos “por su función de informar”.

En su cuenta oficial de Twitter, la también empresaria y ex integrante del programa "Shark Tank México", etiquetó a INAI en su mensaje en el que llama a que los periodistas den a conocer cuánto ganan y la fuente de esos ingresos, bajo el argumento de que debe ser “por su función de informar”.

Cabe recordar que el INAI se pronunció luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador exhibió los que serían los ingresos anuales del periodista

La en la Cámara de Diputados causó polémica tras su mensaje y recibió varias reacciones, tanto críticas como a favor.

AMLO exhibe supuestos ingresos de Carlos Loret de Mola

El presidente Andrés Manuel López Obrador que percibió el periodista en 2021, y aseguró por ejemplo que Televisa, pese a no tener una relación laboral con él le pagó millones de pesos. El presidente dijo además que pedirá más información al Servicio de Administración Tributaria, (SAT).

Carlos Loret contestó en su cuenta de Twitter que los y que se usan para perseguir a periodistas.

"El Instituto hace hincapié en que todas las instituciones, así como todas las personas servidoras públicas están obligadas a cumplir de forma irrestricta tales principios y deberes de la Ley General, por lo que les hace un atento llamado a actuar con apego a la legislación", cierra el comunicado.

INAI atento a posible denuncia

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ( ), aseguró que se mantiene atento a la denuncia que Carlos Loret pueda presentar "por considerar que su derecho de protección de datos personales fue vulnerado".

Dice además que en el sector público, "el derecho a la protección de datos personales está regulado por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO), legislación que resulta aplicable al caso concreto".

"Esta Ley General define como datos personales cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable y prevé que, para su tratamiento, se deben observar, entre otros, los principios de licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad".

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