Según datos del Censo de Población y Vivienda 2020, el 72.3% (35.2 millones) de las mujeres de 15 años y más residentes en nuestro país, ha tenido al menos una hija o hijo nacido vivo, de ellas el 7.0% son madres solteras , es decir que el padre es ausente y no se hace cargo de los hijos.
El 27.9% de las madres solteras ocupadas en el mercado laboral tiene de 15 a 29 años; más de la mitad (50.4%) son de 30 a 49 años y 21.7% tienen 50 o más años y la tasa de participación económica de ellas es de 75.2%
La morosidad de un padre se puede castigar por la vía penal, pues el incumplimiento de la obligación alimentaria se considera un delito en la Ciudad de México. Además de perseguir a los morosos, el gobierno ha creado un registro público a través del cual se puede consultar si un padre cumple o no con sus obligaciones.
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En contraparte y de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía ( Inegi ), en nuestro país 67.5 por ciento de las madres no reciben pensión alimenticia; y tres de cada cuatro hijos separados tampoco reciben pensión alimenticia.
Si eres una madre soltera que no recibe pensión alimenticia , esto te interesa.
Cómo pedir pensión alimenticia
1. Acude a un juzgado familiar.
2. Lleva documentos como: acta de nacimiento de los hijos, acta de matrimonio, CURP e identificación oficial.
3. Crea una lista con los recursos económicos necesarios para:
*Alimentos
*Salud
*Educación
*Vestido
*Esparcimiento
4. Enlista las capacidades económicas de la persona que deberá pagar la pensión alimenticia, como el salario que gana, el patrimonio que posee y los datos para identificarla.
Los mayores de 18 años pueden recibir pensión alimenticia
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) resolvió que el derecho de los hijos a recibir una pensión alimentaria no se extingue cuando alcanzan la mayoría de edad, siempre y cuando continúen con sus estudios.
Los ministros consideraron que esa obligación, que incluye proporcionar vestido, habitación, asistencia médica y gastos de educación, no se elimina a los 18 años, pues en muchas ocasiones los ciclos educacionales se prolongan para lograr el desarrollo de una mejor aptitud para profesiones u oficios.
En este sentido, la resolución señala que la evolución del mercado laboral y de las estructuras familiares y sociales hace que los ciclos educacionales que deben cumplirse para desarrollar alguna profesión u oficio, "se prologuen más allá de la mayoría de edad".
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Sin embargo, los integrantes del alto tribunal precisaron que el juez civil correspondiente debe mantener un equilibrio de acuerdo con las características particulares de cada caso.
Esto es que las pensiones alimenticias sean acordes a las necesidades de los beneficiarios y las posibilidades de los padres, "que inspira y articula la regulación legal de la institución alimentaria".
Por lo que, no sólo los hijos pequeños pueden recibir pensión alimenticia, sino también los mayores de edad hasta que concluyan sus estudios.
cg