Más Información
Rusia confirma el primer ataque de Ucrania con misiles de largo alcance estadounidenses; uno impactó instalación militar
Sheinbaum pide personalmente a Biden información sobre detención de “El Mayo” Zambada; “fue receptivo”, asegura
Hallan cuerpo de Manuel Rafael Ramírez Gutiérrez, empresario de la CDMX en Aguascalientes; murió por impactos de bala
A mes y medio de salir de una prisión de máxima seguridad de Estados Unidos, el capo Osiel Cárdenas Guillén, "El Mata Amigos", libra una batalla judicial para que se le declare prescrito el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, uno de los que enfrenta en México.
En segunda instancia, un Tribunal Colegiado ratificó la protección de la justicia al exlíder del Cártel del Golfo y fundador de Los Zetas para efectos de que un Tribunal de Apelación reponga el procedimiento de amparo en el que negó extinguir la acción penal por dicho delito.
Sin embargo, el colegiado rechazó revisar la sentencia del Tribunal de Apelación en los términos pretendidos por Cárdenas Guillén, en el sentido de que se actualizara la figura de la prescripción respecto al delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, que continúa vigente en su contra.
Lee también Jueza frena "inminente extradición" a EU de Omar Treviño, el "Z-42", exlíder de Los Zetas
“Dado el sentido en que resolvió el tribunal federal, respecto del acto por el que concedió la protección constitucional a la parte quejosa, no es factible analizar la sentencia sujeta a revisión, en los términos pretendidos por el recurrente, esto es, que se determine que se actualiza la figura de la prescripción de la acción penal respecto del ilícito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea”, señaló en su sentencia.
En julio de 2005, un juez de procesos penales del Estado de México giró orden de aprehensión contra Osiel Cárdenas Guillén por su presunta responsabilidad en los delitos de posesión de cartuchos y portación de arma de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, misma que se le cumplimentó al capo en agosto de ese año.
En consecuencia, se le dictó auto de formal prisión al tamaulipeco por dichos delitos, mismo que apeló su defensa y un Tribunal Unitario lo confirmó respecto del delito de portación de arma de fuego y revocó el tocante al de posesión de cartuchos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
Lee también Él es "El Guano", hermano de "El Chapo" Guzmán y líder de facción ligada al Cártel del Golfo
Catorce años después de haber sido extraditado, la defensa Cárdenas Guillén solicitó al juez de la causa la prescripción de los delitos materia del auto de formal prisión.
Sin embargo, en septiembre de 2022, el juzgado decretó la prescripción de la acción penal en cuanto al delito de posesión de cartuchos e indicó que no era factible lo mismo en el caso de portación de arma de fuego de uso exclusivo, debido a que el proceso se encontraba interrumpido por la extradición del capo a los Estados Unidos, de manera que no corrían los plazos para su prescripción.
Inconforme con la resolución, la defensa del exlíder del Cártel del Golfo impugnó la decisión ante un Tribunal de Apelación, que le concedió un amparo, pero no quedó satisfecho con los alcances, por lo que tramitó un recurso de revisión en un Tribunal Colegiado, que ordenó que se emita una resolución en el caso.
Lee también Tribunal asesta revés a la FGR; confirman libertad a “Don Rodo”, hermano de “El Mencho”
aov/bmc