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Ordenan a Tribunal de Chihuahua determinar si comunidad LeBarón tiene derecho al autogobierno

El órgano judicial de Chihuahua deberá emitir una sentencia para determinar si LeBarón puede ser reconocida como comunidad indígena equiparable, lo que le daría autogobierno y derechos políticos electorales

Foto: archivo
15/06/2022 |14:22Otilia Carvajal |
Otilia Carvajal
Reportero de la sección NaciónVer perfil

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó este miércoles al Tribunal Electoral de Chihuahua que emita una nueva sentencia para determinar si la puede ser reconocida como una comunidad indígena o equiparable , con autogobierno y derechos políticos electorales.

Lo anterior, luego de que la Sala Regional Guadalajara determinó que este asunto no era de competencia electoral, mientras que el Tribunal Electoral de Chihuahua señaló que le correspondía al Congreso local.

El proyecto presentado por el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, propone revocar esta sentencia y que sea el Tribunal local el que determine, incluso con estudios antropológicos , si se puede considerar a la comunidad cómo equiparable a una comunidad indígena .

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"Si bien esta comunidad no se asume como indígena , explican que por sus características sociales y culturales se les debe dar un tratamiento equiparable, por lo que exigen el reconocimiento de los derechos establecidos en el artículo segundo constitucional , en específico se les reconozca su derecho al autogobierno por medio de sus sistemas normativos internos y los derechos políticos-electorales que derivan de este tratamiento", expuso el magistrado presidente.

Al respecto, explicó que la nueva sentencia deberá realizarse con perspectiva intercultural , es decir, si existe una identidad colectiva y cultural entre sus integrantes.

"Asegura que, mediante un peritaje antropológico, por lo menos, se tengan todos los elementos para dar una respuesta a la comunidad LeBarón y determinar si le puede considerar una comunidad equiparable o no ", argumentó.

En contra del proyecto, el magistrado Indalfer Infante consideró que al no tener la calidad de pueblo indígena , estos principios no aplican en la comunidad LeBarón.

"Esto hace evidente que, en el caso, no se está en presencia de una controversia de carácter electoral, sino de una circunstancia vinculada al derecho, al reconocimiento de la personalidad jurídica, como entidad equiparada a una comunidad indígena de la comunidad LeBarón", expuso.

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acmr

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