Más Información
Se han registrado más de 9 mil jóvenes para participar en elección judicial: Sheinbaum; "aquí no se raja nadie", dice
Ataque a DBar en Tabasco tenía como objetivo un cliente, informa Fiscalía; confirman 6 muertos y 10 heridos
Secuestran a participante de MasterChef y a un hombre en la México-Cuernavaca; detienen a uno tras rescate
Tras 10 días, liberan a mujer china y a sus tres hijos que estaban retenidos en el AICM; buscan refugio en México
El bloque de contención en el Senado presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un escrito para que la ministra Loretta Ortiz Ahlf se excuse de conocer y de votar la acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de la Industria Eléctrica , debido a un conflicto de interés al haber participado en la emisión general de la norma impugnada.
Los senadores del PAN, PRI y PRD expusieron que existen diversos impedimentos, entre otros un interés personal en el asunto. Está impedida de participar en virtud de los posicionamientos en el sentido de tener juicios públicos sobre la pertinencia de la norma impugnada y la mera duda razonable de una actuación imparcial.
Argumentaron que estos motivos justifican su separación del asunto en concreto, a efecto de proteger a las instituciones democráticas pilares del Estado de derecho.
En el documento entregado en la SCJN señalan que el asunto sea returnado a una ponente distinta y que la ministra Ortiz Ahlf se abstenga de votar en la acción de inconstitucionalidad.
Lee también
Asimismo, que la resolución de esta acción inconstitucionalidad debe darse en un marco de independencia, imparcialidad y objetividad del máximo tribunal del país.
Reiteraron que la ministra Ortiz está impedida para conocer esta acción de inconstitucionalidad en cuestión de que es públicamente conocido que ella fue diputada federal del Partido del Trabajo en la LXII Legislatura (2012-2015) y participó durante la discusión y aprobación de la reforma constitucional en materia energética de 2013, así como en la emisión de las leyes reglamentarias que materializaron esta modificación a la norma fundamental.
Entre otros, emitió su voto sobre la emisión de la Ley de la Industria Eléctrica, que constituye la norma general impugnada en el presente caso.
No sólo emitió su voto en sentido negativo en el proceso de aprobación, sino que también expuso públicamente su posicionamiento lógico-jurídico, constitucional y político sobre la materia en concreto, tanto en los foros sobre la reforma energética, como durante la discusión en el pleno de la Cámara de Diputados, derivado de su afinidad política con los partidos y agrupaciones políticas en contra de estas modificaciones.
Lee también
Insistieron que el impedimento de la ministra versa sobre el juicio anticipado que ella ya emitió respecto del sentido que a su consideración debe tener la Ley de la Industria Eléctrica y, más allá, la propia política energética en el país.
Recordaron que los ministros son los guardianes de la Constitución y deben velar por el cumplimiento y la efectiva aplicación de la Ley Suprema.
En la acción de inconstitucionalidad que se plantea está presente -de manera primordial- el respeto a lo establecido en los artículos 25,27 y 28 constitucionales con los cuales la ministra Loretta Ortiz no está de acuerdo como ya expresó públicamente al votar en contra de la reforma energética de 2013.
Lee también
jabf