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En la discusión sobre la propuesta de declarar inconstitucional la criminalización del aborto en Coahuila, establecida aún para casos de violación, ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunciaron por invalidar esta disposición.
El análisis del asunto continuará mañana, pero con los ocho votos anunciados este lunes es suficiente para declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que establece penas de hasta tres años de cárcel a las mujeres que se practican abortos de manera voluntaria.
Una vez que la SCJN concluya el análisis y votación del asunto, el criterio que establece la inconstitucionalidad de la criminalización del aborto será obligatorio únicamente para todos los jueces que conozcan de casos en los que se intente llevar a la cárcel a las mujeres que interrumpen voluntariamente sus embarazos.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada por la extinta Procuraduría General de la República (PGR hoy FGR) contra cuatro artículos del Código Penal de Coahuila, pero dos de ellos ya fueron reformados y la Corte sobreseyó el asunto sobre uno de ellos y el artículo 224 fue declarado válido por 10 votos.
El proyecto fue realizado por el ministro Luis María Aguilar Morales, quien lo presentó ante el Pleno este lunes y al inicio de su exposición aclaró que su propuesta no trata de defender el derecho al aborto sino el derecho de la mujeres a decidir libremente sobre su vida.
“No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional, un escenario en el cual la mujer no pueda plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo por un corto periodo de tiempo al inicio de la gestación, pues ello equivaldría a asumir que su dignidad y autonomía personal pueden modularse y restringirse en función de supuestos basados en un constructo social que, antes que mujeres independientes, las configura como instrumentos de procreación”, señala el proyecto avalado por la Corte.
“No tiene cabida, para anular el derecho a decidir, una postura de corte paternalista que apoye la idea de que las mujeres necesitan ser 'protegidas' de tomar ciertas decisiones sobre su plan de vida, salud sexual y reproductiva, pues ese acercamiento conlleva una desconsideración de la mujer como un ser racional, individual y autónomo, plenamente consciente de las decisiones que –conforme a su proyecto de vida– son las que considera más convenientes”, señala.
Los ocho ministros que alcanzaron a manifestar su apoyo a la propuesta, además del ponente Aguilar Morales, fueron Yasmín Esquivel Mossa, Arturo Zaldívar, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández.
El ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, se manifestó a favor del derecho de las mujeres a decidir y de declarar inconstitucional el artículo impugnado por la entonces PGR.
“Todos estamos a favor de la vida, lo único que sucede es que unos estamos a favor de que la vida para las mujeres sea una en la que se respete su dignidad, que puedan ejercer con plenitud sus derechos”, señaló.
Enfatizó en que el tema del aborto debe abordarse desde una perspectiva de derechos especialmente sensible por las consecuencias “dramáticas” que genera su penalización en la vida de las mujeres que son forzadas a continuar con embarazos no deseados.
“Condenar a las mujeres a la cárcel, a la clandestinidad, a poner en riesgo su salud y su vida, no sólo es profundamente injusto, sino abiertamente inconstitucional”, señaló.
El ministro Zaldívar incluso propuso declarar inconstitucional todo el capítulo que regula el aborto en el Código Penal de Coahuila.
“Considero que debe invalidarse en su totalidad el capítulo que regula el aborto en Coahuila pues configura un sistema normativo que parte de la base de que toda interrupción del embarazo es un delito”, enfatizó.
Ninguno de los otros ministros acompañó esta propuesta y este martes el resto de los integrantes del Pleno emitirá sus posicionamientos sobre el tema.
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