Nación

"No violan la Constitución": Corte responde a AMLO sobre remuneraciones de ministros

La SCJN explicó que no hay criterios objetivos que sostengan que un servidor público no pueda percibir una remuneración mayor que el presidente

Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto: Archivo/EL UNIVERSAL
05/07/2023 |21:08
Tania Juárez
Periodista webVer perfil

Luego de los señalamientos del presidente Andrés Manuel López Obrador contra los excesos en el Poder Judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se defendió de los ataques y de la nueva propuesta de Morena que pretende que los ministros ganen menos que el mandatario.

A través de redes sociales, la SCJN compartió una imagen declarando que "las remuneraciones de las ministras y ministros ¡No! violan la Constitución" y explicó los porqués de su afirmación.

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En su mensaje describió que no hay criterios objetivos que aseguren el cumplimiento del artículo 127 de la Constitución el cual establece que ningún servidor público podrá percibir una remuneración mayor a la del Presidente de la República.

En su cuenta oficial de Twitter expusieron que desde 2019 determinaron inconstitucional dicho artículo, ya que no existe un párametro para evitar el uso discrecional de las remuneraciones porque además del dinero en efectivo, el presidente recibe prestaciones por su cargo.

"Resulta imposible saber cuándo y cómo se debe cumplir con dicho artículo. Por esa razón La Corte ordenó al Legislativo reformar la ley e incluir ese parámetro" subrayan.

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Tras el desecho de la segunda parte del Plan B de reforma electoral, el ejecutivo expuso que los ministros de la Suprema Corte incumplian con el decreto constitucional por lo que estaban en contra de la reforma al organismo electoral.

En la conferencia matutina del 4 de julio, López Obrador señaló que “es un acto de corrupción ganar ese sueldo, es una inmoralidad en un país con tanta pobreza y más si se trata de un impartidor de justicia, no son ciervos de la Nación como decía Morelos”.

40 excesos del Poder Judicial

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tjm/rcr

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