Tras los señalamientos sobre presunta censura a influencers , el Instituto Nacional Electoral ( INE ) aclaró que no le corresponde imponer sanciones ni resolver de fondo las quejas en materia electoral.
Lo anterior, luego de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hizo un llamado al órgano electoral a respetar la libertad de expresión , tras presuntamente imponer sanciones y multas a periodistas e influencers por expresar su punto opinión sobre el acontecer político del país.
“La CNDH considera que dichas sanciones representan un retroceso para nuestra joven democracia, toda vez que su implementación puede conducir a actos de autocensura y coerción que limitan el debate público e incluso a atizar el clima de violencia que padecen las y los comunicadores”, expuso.
Por ello, el INE respondió que “aun cuando la CNDH reconoce que carece de facultades constitucionales para emitir pronunciamientos en materia electoral, emite uno en donde se sugiere que el INE ‘vulnera el derecho a la libertad de expresión mediante la imposición de sanciones que podrían derivar en actos de censura’. Llama la atención que un organismo público autónomo, como lo es la CNDH, emita juicios de valor y pronunciamientos que podrían confundir a la opinión pública, al imputarse al Instituto acciones que escapan de sus atribuciones y facultades legales”.
Respecto a las sanciones, explicó que es una facultad que recae en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por medio de la Sala Regional Especializada y, en última instancia, por parte de la Sala Superior.
En tanto, aclaró que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, previa propuesta de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, puede determinar la aplicación de medidas cautelares cuando así lo solicitan los quejosos y cuando así se dictamina a partir del análisis de los casos.
Estas medidas pueden implicar la suspensión de la difusión de publicaciones en redes sociales hasta que el fondo del asunto se resuelva.
“Estas decisiones no son novedosas ni discrecionales; desde que la autoridad electoral cuenta con dicha atribución (2007), se han dictado medidas cautelares contra cualquier actor político denunciado sin importar su militancia política. El INE aplica la ley sin distingo”, subrayó.
Además, recordó que en caso de no estar de acuerdo con dichas determinaciones, estas pueden ser controvertidas ante el TEPJF.
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Por tanto, el INE expuso que hacer requerimientos y generar citatorios a las personas denunciadas, lejos de vulnerar derechos como se insinúa en el pronunciamiento de la CNDH, constituye una garantía básica que tiene toda persona de exponer sus argumentos dentro de lo que se conoce como debido proceso, que es un derecho que todo órgano de garantía está obligado a conocer y proteger.
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