Más Información
GN y Ejército mantienen operativo para limitar operaciones de Los Viagras y CJNG; extorsionan a productores de limón en Michoacán
Ken Salazar responde a Sheinbaum por críticas de estrategia de seguridad; “Yo no cambio de posición”, asegura
México podría cambiar de socio comercial ante amenazas de Trump; “China es una potencia económica”, dice senador
El secretario de Hacienda (SHCP), Carlos Manuel Urzúa Macías, emitió un oficio en el que se establece que las dependencias y entidades de la administración pública federal “no podrán realizar la contratación de personal en plazas presupuestarias de carácter permanente, eventual y contrataciones de prestaciones de servicios profesionales por honorarios con cargo a su presupuesto autorizado”.
Precisa que lo podrán hacer, “siempre que el titular de la unidad que realice las funciones de administración y finanzas de las dependencias y entidades justifique la necesidad de mantener la oficina de que se trate y contratar al personal indispensable para su operación, en virtud de los trámites y servicios que otorgan a la ciudadanía o de necesidades derivadas del ejercicio de sus atribuciones”.
El oficio, fechado el 7 de diciembre de 2018 y el que se copia a la secretaria de la Función Pública (SFP), Irma Eréndira Sandoval, resalta la importancia de establecer en este marco los principios de legalidad, honestidad y transparencia aplicables al ejercicio del gasto público en el pago de indemnizaciones laborales de los servidores públicos que sean separados de sus cargos, empleos o comisiones.
Sobre el particular, establece que “los servidores que hayan sido beneficiados con el pago de una indemnización por la terminación de su relación laboral en términos de la ley, no podrán ser contratados nuevamente, por un periodo de 12 meses contados a partir de la fecha en la que hayan dejado de surtir efectos su nombramiento o el documento correspondiente que acredite la terminación de la relación laboral, en cualquier plaza presupuestaria de carácter permanente, eventual o mediante prestación de servicios profesionales por honorarios”.
El documento que señala los criterios específicos por los que se establecen medidas de coordinación de las unidades de administración y finanzas y de control presupuestario de servicios personales de la administración pública federal, considera que la ejecución de la norma recientemente establecida “implicará metas de ahorro” en ese sector, así como el redimensionamiento administrativo y la aplicación de medidas de eficiencia y reducción de costos administrativos.Puntualiza: “Esta administración tiene como propósito fortalecer el ejercicio de los recursos públicos con criterios de eficiencia y transparencia, y con el objetivo primordial de liberar mayores recursos para satisfacer las necesidades de la población, en apego al rediseño institucional mandatado por el decreto por el que se reforman, adicional y derogan diversas disposiciones de la Ley de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre”.