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Niegan a FRENAAA amparo contra pase de la Guardia Nacional al Ejército

Una juez rechazó amparar a seis integrantes del Frente Nacional Ciudadano contra la transferencia de la Guardia Nacional a la Sedena, aprobada en septiembre por diputados y senadores

Una juez rechazó amparar a integrantes del Frente Nacional Ciudadano contra la transferencia de la Guardia Nacional a la Sedena, aprobada en septiembre por diputados y senadores. Foto: archivo/EL UNIVERSAL
19/11/2022 |11:42Manuel Espino |
Redacción El Universal
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Una juez del Estado de México rechazó amparar a seis integrantes del (FRENA), opositor al presidente Andrés Manuel López Obrador , contra la transferencia de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), aprobada en septiembre por diputados y senadores.

A finales de octubre, Arturo Flores Tapia, Lirey Somerville Flotta, Ismary Cuellar Ramírez, Jonathan Javier García Campuzano, Tomás Cantú González y Humberto Cadena Cuellar, integrantes de FRENA, tramitaron un juicio de amparo contra el decreto por el que se reforman la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos para el traspaso administrativo y operativo de la Guardia Nacional al Ejército.

La titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México admitió a trámite el recurso, pero les negó la suspensión definitiva contra los actos reclamados, ya que de otorgarla causaría un perjuicio para la colectividad porque la Guardia Nacional está al servicio de las necesidades de la sociedad.

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“R E S U E L V E ÚNICO. Se niega a Arturo Flores Tapia, Lirey Somerville Flotta, Ismary Cuellar Ramírez, Jonathan Javier García Campuzano, Tomas Cantú González y Humberto Cadena Cuellar la suspensión definitiva solicitada, contra el acto precisado en el considerando SEGUNDO y las razones expuestas en el considerando TERCERO de la presente resolución. Notifíquese”.

La juez enfatizó que de concederse la medida cautelar de suspensión definitiva transcenderá en la operatividad y actuación de la Guardia Nacional, que “vive y refleja su eficacia en el mundo material mediante la actuación de sus miembros de seguridad pública”.

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