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Niegan amparo a Daniel Tabe, papá de Mauricio Tabe, alcalde de Miguel Hidalgo

Daniel Tabe amenazó con un cuchillo a un trabajador del Invea en septiembre del año pasado

El amparo cubría la vinculación a proceso y la prisión domiciliaria. Foto: EL UNIVERSAL
13/06/2023 |11:53
Manuel Espino
Reportero de la sección NaciónVer perfil

, padre del alcalde panista en Miguel Hidalgo, , seguirá sujeto a proceso judicial por haber amenazado con un cuchillo a un trabajador del Instituto de Verificación Administrativa (Invea) de la Ciudad de México, que pretendía colocar sellos de suspensión de actividades en su taquería, en septiembre del año pasado.

Y es que un juez de Distrito le negó el amparo contra la vinculación a proceso y la prisión domiciliaria que se le dictó en octubre de 2023 por su presunta responsabilidad en el delito de.

Un secretario en funciones de juez consideró infundados los agravios formulados Daniel Tabe Tabe, quien presentó como pruebas las declaraciones de testigos que aseguraron que el cuchillo era de utilería.

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El impartidor de justicia resolvió que el auto de vinculación a proceso se encuentra debidamente fundado y motivado, por lo que no se vulneraron los derechos de legalidad, seguridad jurídica, debido proceso y presunción de inocencia, además de que sus abogados aceptaron que ocurrieron los hechos y que participó en los mismos.

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De igual forma, determinó que la imposición de la medida cautelar de por el juez de control, se encuentra ajustada a lo establecido en la ley.

“Se encuentra ajustada a lo establecida en la ley pues contrario a lo argumentado por el impetrante, la autoridad responsable, si bien es cierto, refirió que tratándose del delito de homicidio la Constitución no hace distinción entre si existió tentativa o no, para el caso de la imposición de la prisión preventiva oficiosa, también lo es que la medida cautelar en comento la impuso en razón de que los hechos delictivos se cometieron con medios violentos, como en el caso aconteció”.

El señor Daniel Tabe impugnó la resolución a través de un recurso de revisión, mismo que ya fue admitido a trámite por el tribunal colegiado, el cual resolverá si confirma, modifica o revoca el fallo.

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