La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) negó la existencia de violencia política de género y calumnias contra cuatro diputadas del PAN que votaron contra la reforma eléctrica y fueron llamadas “traidoras a la patria”.
En sesión pública, revocó la sentencia de la Sala Especializada, que anteriormente acreditó la violencia política y calumnia cometidas por la senadora de Morena, Antares Guadalupe Vázquez.
En junio, los magistrados determinaron que si bien las expresiones se emitieron en una conferencia fuera del recinto del Senado, se retomaron en redes sociales, en las que se les imputó el delito de traición a la patria.
Respecto de la publicación de Antares Guadalupe, en la que se dirigió a las diputadas del PAN, se acreditó que la expresión se basó en elementos de género, pues les atribuyó estereotipos de género en su perjuicio, al referirse como “muñequitas de sololoy”, es decir, de carácter decorativo.
La senadora de Morena impugnó esta resolución, por lo que la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, revocó la determinación controvertida.
“La Sala Regional Especializada realizó un indebido estudio, pues dejó de considerar el contenido íntegro de las expresiones, el contexto en que se emitieron y la intención de la senadora, para verificar si con ello se discriminó a las denunciantes mediante estereotipos de género”, determinó.
Lo anterior, pues la Sala Regional Especializada se limitó a señalar que la expresión se emitió con la finalidad de vincular el concepto de muñecas al género de las denunciantes atribuyéndose un estereotipo, para referirse como de carácter decorativo. Sin embargo, no realizó la distinción entre hombres y mujeres.
Por tanto, de un estudio contextual de las expresiones, el proyecto advierte que no están dirigidas a lesionar los derechos de las legisladoras.
Se concluyó que se dirigió a “los panistas” por ser frágiles, intolerantes, o bien, por no aceptar la crítica con motivo del sentido del voto que emitieron respecto de la propuesta de reforma eléctrica que rechazaron. Se determinó que la expresión objeto de la denuncia es una crítica severa, sin dirigirse a las denunciantes por su capacidad, ni que conlleve un mensaje oculto o coloquial que las denigre.
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