El comisionado presidente Francisco Javier Acuña Llamas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos ( Inai ), instruyó a Nacional Financiera ( Nafin ) a entregar una versión pública del manual y políticas de crédito de sus fondos y fideicomisos .
Esto, tras la solicitud de un particular que demandó la entrega de esta información y como respuesta la dependencia financiera negó la entrega bajo pretexto de tratarse de información confidencial.
De modo que el solicitante inconforme, interpuso un recurso de revisión y el comisionado Acuña fue el ponente del caso ante el Pleno, donde en sus alegatos explicó que se realizó una diligencia de acceso de la información clasificada, es decir verificó que los documentos crediticios solicitados tuvieran ese carácter.
“Nacional Financiera es una Institución de Banca de Desarrollo que contribuye al desarrollo económico de México, facilitando el acceso a las micro, pequeñas, medianas empresas que más se les conocen ya como MiPyMES, emprendedores y proyectos de inversión, prioritarios al financiamiento y a otros servicios de desarrollo empresarial”, apuntó Acuña Llamas.
También lee: Inai: acceso a la información visibiliza la corrupción
Agregó, que esta institución, contribuye a la formación de mercados financieros y funge como fiduciario y agente financiero del gobierno federal que permite impulsar la innovación, mejorar la productividad, la competitividad, la generación de empleos y el crecimiento regional.
Y dentro de sus funciones del sujeto obligado, se encuentra el realizar operaciones y prestar los servicios de crédito contenidos en la Ley de Instituciones de Crédito.
“Nafin es prácticamente, la única banca que ofrece crédito para estimular la industria, el desarrollo industrial y agropecuario y de diversas órdenes en el país”, indicó el comisionado ponente.
Nacional Financiera, en sus alegatos, manifestó que los documentos que integran el sistema normativo del crédito contienen información de carácter confidencial, así lo subrayó el sujeto obligado.
Al respecto, el comisionado argumentó que el Manual de Crédito en cuestión no puede ser concebido como información generada con motivo de actividades comerciales toda vez que es generado al amparo de las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito y no en términos de lo dispuesto por la Ley de Propiedad Industrial.
Y se advirtió, que no se actualiza la clasificación prevista en el artículo 113, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Pública, pues no es información generada con motivo de actividades comerciales.
En su versión íntegra los 19 apartados que componen el sistema normativo, advirtió Francisco Acuña, contienen las políticas, métodos y disposiciones específicas que contribuyen al cumplimiento del Plan Estratégico de la institución.
“Es por ello, que propongo modificar la respuesta emitida por Nafin e instruirle a que proporcione al particular una versión pública, atendiendo el principio de máxima publicidad”, concluyó Francisco Acuña.
rmlgv