El grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados presentó una reforma para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) regule los códigos de ética de todos los concesionarios de radio y televisión.
A través de una iniciativa, que busca modificar el artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, suscrita por el diputado Mario Ismael Moreno Gil, se describe que se busca el resarcimiento de los efectos inconstitucionales de las “contrarreformas de octubre del 2017” que se traducen en afectación a los derechos de las audiencias.
“Con esta iniciativa se devuelve al Instituto Federal de Telecomunicaciones la facultad de regular los Códigos de Ética a los que los concesionarios de radio y televisión deberán someterse, provocando así mayor certeza jurídica sobre la protección de los derechos de las audiencias, lo que se traducirá en mejores contenidos de radio y televisión para toda la población”, define el proyecto inscrito en la Gaceta Parlamentaria de la Comisión Permanente de este miércoles.
“Los concesionarios de radiodifusión o de televisión o audio restringidos deberán expedir Códigos de Ética con el objeto de proteger los derechos de las audiencias. Los Códigos de Ética se deberán ajustar a los lineamientos que emita el Instituto, los cuales deberán asegurar el cumplimiento de los derechos de información, de expresión y de recepción de contenidos en términos de lo dispuesto en los artículos 6o. y 7o. de la Constitución. Los lineamientos que emita el Instituto deberán garantizar que los concesionarios de uso comercial, público y social cuenten con plena libertad de expresión, libertad programática, libertad editorial y se evite cualquier tipo de censura previa sobre sus contenidos”, define la modificación al artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
En su exposición de motivos, describe que el 31 de octubre del año 2017, el entonces Poder Legislativo, aprobó una serie de modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, las cuales fueron consideradas por especialistas como una “contrarreforma” ya que las modificaciones aprobadas le quitaban las facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones para establecer los Códigos de Ética y diversas labores de los defensores de audiencias.
Por lo anterior, la Asociación Mexicana de Defensoría de las Audiencias interpuso en diciembre de 2017 el amparo indirecto 1515/2017 en la cual se señala que el decreto del 31 de octubre redujo el campo de la protección de los derechos de las audiencias y suprimió, de manera arbitraria y agresiva, el precepto que permitía al Instituto Federal de Telecomunicaciones regularlos.
Esto, debido a que con las reformas del 31 de octubre del 2017, se incorporó en el párrafo segundo del artículo 256 el principio de la autorregulación a favor de los concesionarios eliminando derechos sustantivos y procesales para los usuarios. Adriana Solórzano, la entonces presidenta de la Asociación Mexicana de Defensoría de las Audiencias afirmó que “es inconstitucional el principio de autorregulación porque la radiodifusión en su calidad de servicio público de interés general debe ser regulado y garantizado por el Estado, y no por un particular”.
Según Jorge Fernando Negrete, presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, esta modificación es “la nuez” de la contrarreforma: “Hay un tema de desproporcionalidad entre la libertad de expresión y los derechos de las audiencias que acabó favoreciendo a los concesionarios; les otorgan un nuevo derecho que les permitirá la venta de publicidad disfrazada de contenido sin que exista autoridad que los regule, y hay una implicación política porque volvemos a la etapa de connivencia entre los dirigentes de los partidos y los concesionarios”.
cg