El diputado de Morena Alejandro Robles Gómez presentó una iniciativa de reforma al artículo 105 de la Constitución Política, para blindar las obras estratégicas del gobierno contra controversias constitucionales.

En su exposición de motivos, el legislador, conocido por haber declarado que va a “obradorizar” al Poder Judicial, señala que es indispensable modificar el marco legal para proteger las obras estratégicas del Estado que encabece la persona titular de la Presidencia de la República, ante “los ataques de la derecha” y en particular del presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Creel Miranda.

Robles Gómez afirma que es falso que la información de las magnas obras del esté reservada, como lo afirman “los conservadores”.

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“Se han incrementado los ataques de la derecha por detener el desarrollo del sur del país, no han cesado, al contrario, han venido in crescendo, utilizando a instituciones del Estado como el INAI.

“Por otro lado, hay actores como Santiago Creel que están buscando sacar raja política mediante falsos argumentos relacionados con el derecho a la información. Derecho que goza de cabal salud en nuestro país y que todos podemos ejercitar.

“Bajo el falso argumento del derecho a la información, los conservadores como intentan detener las obras del presidente y entorpecer el desarrollo nacional, argumentando que, en automático, la información derivada de esas obras es de seguridad nacional. Totalmente falso”, argumenta el legislador morenista.

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La iniciativa propone que el Artículo 105 constitucional establezca que la conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

De las controversias constitucionales que, sobre la constitucionalidad de las normas generales, actos u omisiones, con excepción de las que se refieran a la materia electoral y a las obras estratégicas del Estado mexicano…”.

El diputado sostiene que “del análisis a los instrumentos jurídicos enunciados supra, no se aprecia que se esté haciendo una reserva anticipada y generalizada de la información de esas obras y proyectos, como falsamente ha argumentado tanto Santiago Creel como el .

“Es menester mencionar que el artículo 114 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública exige que las causales de reserva se deben fundar y motivar a través de la aplicación de la prueba de daño. Es decir, que la reserva de información no se hace en automático como mañosamente el INAI, la SCJN y Santiago Creel nos quieren hacer creer”.

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Con información de Enrique Gómez

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asf/rmlgv

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