Imponer una pena de cinco a ocho años de prisión y de quinientos a mil quinientos días de multa para los servidores públicos que omitan iniciar una investigación como probable u obstaculice o entorpezcan la procuración o administración de justicia, es lo que propone en su iniciativa la diputada morenista Laura Imelda Pérez Segura.

También plantea que si un servidor publico o evidencias de la investigación, se le impondrá la misma pena y será destituida e inhabilitada de cinco a diez años.

“La violencia feminicida se ha recrudecido, por eso necesitamos que las circunstancias y conductas de nuestro contexto social actual estén consideradas en el marco legal de nuestro país”, dijo.

Agregó que la propuesta se basa en el análisis de la tipificación del feminicidio que han realizado los Congresos locales en todas las entidades federativas para que las modificaciones planteadas en la iniciativa sirvan de guía para enunciar, de manera unificada, los elementos circunstanciales que permitan acreditar la existencia o no del delito de feminicidio.

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“A raíz de la pandemia por, los casos de violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas han aumentado, lo que deriva en el incremento de los casos de feminicidio; de ahí la importancia de integrar las características comunes identificadas en las conductas feminicidas, los antecedentes de las legislaciones locales, las recomendaciones de los organismos internacionales en la materia, así como los señalamientos y exigencias de la sociedad civil”, explicó la legisladora.

Señaló que "el feminicidio es considerado un delito que transgrede la vida, la dignidad, la seguridad, la libertad y el derecho a una vida libre de violencia para las mexicanas; por ello, con esta iniciativa

buscamos eliminar las barreras legales y promover la investigación con perspectiva de género en favor de la verdad. ¡Por una vida libre de violencia para todas!”.

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Entre las modificaciones planteadas destacan incluir a todas las mujeres en su diversidad y etapas de vida y agregar circunstancias específicas que faciliten la identificación de las razones de género y que eliminen los obstáculos en la investigación de los casos de feminicidio; que haya antecedentes de violencia de género, denunciados o no; que la víctima se haya encontrado en un estado de indefensión o desprotección real frente al sujeto activo y que el cuerpo o restos de la víctima sean ocultados en espacios públicos de libre concurrencia o en algún espacio privado, incluyendo la vivienda de la víctima, del sujeto activo o de alguna persona relacionada.

Entre los cambios planteados también destaca agravar la pena hasta en una tercera parte si el agresor obligó a la víctima a ejercer prostitución, explotación o trata de personas; o si el delito es cometido en presencia de una o más personas con quienes la víctima tuviere un vínculo de parentesco; o si el agresor se vale de su oficio como conductor de un vehículo de transporte para la comisión del delito; o cuando la víctima sea una niña o adolescente; por mencionar algunas.

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tjm

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