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El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) una controversia constitucional contra el Programa Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (2021-2024), que incluye al organismo en la atención del mismo, lo que para el Inegi es violatorio de su autonomía.
Ante ello, el ministro Luis María Aguilar Morales otorgó la medida cautelar solicitada por el Instituto, para suspender todos los efectos y las consecuencias del Decreto y los artículos impugnados del Programa Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano 2021-2024, hasta en tanto se resuelva el fondo del asunto.
En su resolución, Aguilar Morales señaló que con la concesión de la medida cautelar no se afectan la seguridad y economía nacionales, ni las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, ni se causa daño mayor a la sociedad en relación con los beneficios que pudieran obtenerse con ella.
“Por el contrario, al otorgarla, únicamente se pretende garantizar que no quede sin materia el juicio y asegurar provisionalmente la autonomía e independencia funcional y financiera que el actor estima vulnerada, a efecto de que este Alto Tribunal pueda pronunciarse sobre si el Decreto y el Programa resultan violatorios del ámbito competencial y presupuestal del actor”.
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El Inegi argumentó que dicho programa viola su autonomía constitucional , ya que lo incluyen sin respetar su atribución de decidir la información y actividades a realizar.
A través del Programa Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (2021-2024) , “se impulsa un modelo de desarrollo urbano orientado a ciudades sostenibles, ordenadas, equitativas, justas y económicamente viables, que reduzcan las desigualdades socioespaciales en los asentamientos humanos”, según la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).
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