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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hizo público un nuevo proyecto de sentencia sobre el tema de la Guardia Nacional, que tiene previsto debatir y resolver la próxima semana.
En esta ocasión, se dio a conocer una sentencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien propondrá al pleno de ministros negar un amparo a la asociación civil México Unido contra la Delincuencia (MUCD), contra el diseño jurídico de la corporación, al que considera como “fachada para el sistema centralizado militar”.
“La Ley de la Guardia Nacional rompe con el sistema nacional de seguridad pública, ya que no coordina la participación de los Estados y Municipios, sino que los somete al poder federal”, acusó MUCD al impugnar los artículos 88, 89, 90, 91 y 92 de la citada legislación que regula la coordinación y colaboración de la GN con los estados y municipios del país.
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Al realizar el estudio de fondo de las normas impugnadas, la ministra Ortiz Alhf declaró infundados los argumentos de la asociación civil, porque considera que la “seguridad pública es una función del Estado que se ejerce a través de la Federación, las entidades federativas y los municipios”.
“La colaboración y coordinación regulada en los preceptos reclamados, no implica la pérdida de atribuciones por parte de las entidades federativas ni Municipios, sino una armonía organizada de sus facultades, con el objeto fundamental de salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social”, sentenció la juzgadora.
Y remarcó: “La coordinación y colaboración a la que se refieren los artículos reclamados no se deben entender en términos centralistas sino en el sentido de que corresponde a los tres niveles de gobierno celebrar los convenios correspondientes a fin de brindar una seguridad pública eficiente en beneficio de la sociedad”.
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Ortiz Alhf calificó de “inexacta” la aseveración de México Unido contra la Delincuencia (MUCD), en el sentido de que la centralización de facultades conlleva a la militarización del país y con ello se vulnera el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
“En primer lugar, no existe tal concentración de poder en el ámbito de seguridad pública a cargo de las autoridades federales, precisamente derivado del sistema de coordinación y facultades concurrentes, Menos aún, los elementos de la Guardia Nacional actúan bajo el imperio de elementos castrenses, sino, como lo que es, una policía de carácter civil”.
Y concluyó: “Con independencia de lo anterior, el posible exceso en las facultades de la Guardia Nacional, a través del secretario de Seguridad Ciudadana, del Titular del Poder Ejecutivo Estatal o del Municipal, sería imputable en el ámbito de aplicación de las normas impugnadas que prevén el sistema de coordinación y colaboración aludido.
“Lo anterior podría ser analizado a través de un medio de impugnación distinto, pues dicha cuestión escapa del análisis que este Tribunal Pleno realiza en el presente recurso al no ser combatido un convenio en específico. En consecuencia, son infundados los planteamientos hechos valer por la recurrente, materia de análisis del presente apartado”.
maot