La Juez Octavo de Distrito en San Luis Potosí requirió al gobernador de estado, Juan Manuel Carrera s, para que ordene a la Secretaría de Educación de la entidad que entregue una televisión a la niña que tramitó un amparo para que pueda tomar sus clases a distancia.

En el amparo, Michel a través de su mamá afirmó que no le permitieron inscribirse al segundo año de primaria y que no cuenta con recursos económicos para tener acceso a internet ni con una televisión para tomar clases a distancia conforme al programa Aprende en Casa.

EL UNIVERSAL informó que la juez le concedió una suspensión provisional en la que ordenó a las autoridades educativas de la entidad informar si es cierto que Michel no estaba inscrita en el ciclo escolar 2020-2021, las razones y proporcionarle una televisión para que pueda acceder al programa Aprende en Casa.

La Secretaría de Educación estatal i nformó a la juez que de manera automática Michel fue reinscrita al ciclo escolar 2020-2021 desde agosto pasado y que el programa Aprende en Casa se basa en el contenido de los libros de texto y que las clases por televisión o por internet únicamente son un apoyo.

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Que para casos de niños con escasos recursos, como Michel, se implementó un programa de cuadernillos de trabajo semanales para que pueda continuar con su educación y omitió indicar si le entregará o no la televisión.

De acuerdo con Raquel Álvarez, abogada de la mamá de Michel, ayer por la noche el director de la escuela Graciano Sánchez, ubicada en el municipio de Soledad de Graciano Sánchez, acudió a casa de Michel para explicarle a su mamá que debe acudir al plantel por los libros.

Sin embargo, la juez consideró que independientemente de la entrega de los libros de texto, la Secretaría de Educación estatal le debe proporcionar la televisión a la niña.

“Deberán acatar la suspensión provisional concedida, en cuanto a brindarle en resguardo un aparato televisor para que pueda acceder al programa de ‘Aprende en Casa’ al igual que la mayoría de estudiantes, pues como lo sostienen las propias responsables, es una herramienta que constituye un mecanismo complementario para fortalecer la implementación de los planes y programas de estudio.

“Luego, al conformar lo anterior y los libros de texto, una unidad que constituye el acceso a una educación que debe ser inclusiva y universal, donde además, debe priorizarse el interés superior de la menor en la permanencia y participación de los servicios educativos y por así haberse ordenado desde la suspensión privisional, es que las autoridades responsables se encuentran conminadas a cumplir con la misma”, señaló la juez.

Por ello, requirió al gobernador Carreras para que ordene a la Secretaría de Educación cumplir con la suspensión en los términos en los que fue emitida, de lo contrario, los funcionarios responsables podrían ser sancionados por desacato a un mandato judicial.

kl

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