“Vete, eres libre”, le dijo el juez a Javier Olaguer, El demonio. Nadie lo creyó... ni siquiera el entonces adolescente de 13 años, quien salió absorto de la sala en donde se le había declarado culpable del feminicidio de la niña Diana Ramírez.
El demonio la asesinó en abril de 2016. Entró a su casa a pedirle un vaso con agua mientras la pequeña de 11 años esperaba a que su mamá, Blanca Estrada, regresara del trabajo.
“Le di en el cuello bien feo, como 30 cuchillazos. Me acuerdo que había chorros de sangre, había en el piso como un litro, se había desangrado de volada”, declaró el joven a un medio de comunicación en Monclova, Coahuila —donde ocurrió el caso—, en noviembre de ese mismo año.
Sin embargo, y a pesar de la confesión de Olaguer, se le sentenció sólo a un arresto domiciliario al cuidado de su madre y a tomar terapia sicológica.
Un panorama sin repercusiones
De 2013 a 2021, en 17 estados se han registrado por lo menos 50 menores de edad que cometieron el delito de feminicidio o la tentativa del mismo, según informes obtenidos por EL UNIVERSAL a través de solicitudes de información realizadas a todas las fiscalías y procuradurías estatales.
De los adolescentes —entre 13 y 17 años— que incurrieron en ese delito, sólo 23 recibieron una sentencia condenatoria; es decir, seis de cada 10 jóvenes feminicidas han quedado impunes.
Debido a la edad de los infractores, las repercusiones legales en su contra no siempre consistieron en su internamiento en centros para adolescentes.
Sólo nueve de los culpables fueron encerrados con penas de dos a cinco años y algunos tuvieron que pagar una reparación del daño de 75 mil a 866 mil pesos.
En Nogales, Sonora, un menor de edad intentó asesinar a su madre en 2020 y la sentencia consistió en una amonestación, libertad asistida por dos años y servicios a favor de la comunidad durante un año.
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Otro joven en Monclova, Coahuila, fue condenado a recibir tratamiento sicológico. En el resto de los casos no se especificó cuál fue el castigo.
Que un menor de edad pueda ser juzgado de manera distinta a un adulto tiene que ver con la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, en la que se prevén principios y consideraciones de máxima protección hacia ellos, señaló Ximena Ugarte Trangay, asesora jurídica del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio.
“En México, el sistema de justicia para adolescentes está orientado hacia la resocialización y reeducación, porque se presupone —de acuerdo con estándares internacionales, estudios pedagógicos y sicosociales— que todavía se encuentran en etapas de maduración en las que pueden tener la posibilidad de reinsertarse en la sociedad”, dijo.
En ese sentido, el artículo 155 de la Ley Nacional de Justicia Penal para Adolescentes establece 10 medidas de sanción no privativas de la libertad para los jóvenes que cometen un ilícito y otras tres que sí son restrictivas a la libertad, con un máximo de aplicación de cinco años.
“¿Por qué la pena máxima son cinco años? Porque se considera [en la legislación] que en ese lapso se lleva a cabo el proceso de reinserción, aunque no queda claro en qué estudio, metodología o sustento científico sobre el análisis del comportamiento de los menores se basaron para determinarlo”, dijo Ugarte Trangay.
Entre las disposiciones que no son privativas se encuentran la amonestación, el apercibimiento, la supervisión familiar, la no posesión de armas y la prohibición de no viajar al extranjero, mientras que las tres medidas restrictivas son el internamiento, la estancia domiciliaria y el internamiento en tiempo libre.
“Estas medidas no tienen perspectiva de género. No basta con que se les ponga a estudiar matemáticas o a que terminen la primaria o la secundaria. Tiene que haber otros procesos de reinserción en los que se comprenda la gravedad del delito que cometieron dentro de contextos de violencia contra las mujeres”, dijo.
Las sentencias moderadas contra menores de edad han generado indignación entre los familiares de víctimas, quienes alegan que los jóvenes deberían ser juzgados por los actos que cometen y no por cuántos años tienen.
Sin embargo, Sofía Cobo, investigadora del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), aseguró que no hay evidencia de que las sentencias más altas ayuden a prevenir delitos y la reincidencia, por lo que se debería apostar por programas integrales e individuales de reinserción.
“No creo que aumentar años al internamiento sea una estrategia idónea para evitar que se cometan este tipo de delitos.
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“En los delitos de esta naturaleza la estrategia debe ser mucho más preventiva que reactiva, durante el periodo de internamiento se tienen que otorgar programas integrales a las personas adolescentes para que se ataque este problema de fondo y no sólo los neutralicemos”, aseveró.
Más allá de alargar sentencias, la investigadora del Inacipe consideró que para mejorar el acceso a la justicia, tanto en casos de adolescentes como de adultos, se debería homologar el tipo penal de feminicidio en todos los estados y capacitar en perspectiva de género a los operadores del sistema penal, así como aplicar la misma como metodología en la investigación de los delitos.
En tanto, Ugarte Trangay aseguró que es necesario que el Estado impulse una legislación amplia en la que, sin violar estándares internacionales, se pueda dar un mensaje social de no impunidad para los menores de edad.
Los datos obtenidos muestran que Zacatecas, con nueve adolescentes juzgados, es donde más casos ha habido.
Le siguen Nuevo León, con seis; Sonora y Guerrero, con cinco; Coahuila, Durango, Jalisco, Michoacán y Puebla, con tres; Chihuahua y Sinaloa, con dos; Aguascalientes, Baja California, Guanajuato, Querétaro, Quintana Roo y Yucatán, con uno.
Asimismo, los jóvenes con 17 años han sido los que más han cometido el delito de feminicidio o su tentativa.
Para la elaboración de este trabajo no se obtuvo información de 15 entidades de la República, incluidas las tres con un mayor registro de feminicidios en 2020: Veracruz, Ciudad de México y el Estado de México.
Las entidades que no contestaron las solicitudes de información argumentaron no tener estadísticas sobre la edad de cada persona que asesinó a una mujer por razones de género.
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“La sentencia fue una burla”
Cuando El demonio vio a Diana desangrada en el piso, escapó.
“Corrí, pero vi mi pantalón lleno de sangre, me la quité como pude. Me fui a mi casa y enterré la ropa porque sabía que, si me veían, me iban a decir que por qué traía eso”, contó frente a la madre de la niña en una de las audiencias de su proceso.
“Para mí fue muy difícil tenerlo cerca. Se me juntaban las emociones… más cuando él declaró y confesó cómo había matado a mi hija. Me llené de rabia y no sabía qué hacer ni cómo actuar”, aseveró Blanca.
Javier Olaguer jamás dijo estar arrepentido ni sentir remordimiento por el feminicidio de la niña, es más, durante los juicios orales declaró, a detalle, cómo la había asesinado.
“Sí lo hizo, pero ya pasó, perdónenlo”, solicitó incluso la madre del muchacho.
Blanca no se resignó tras haber escuchado que la sentencia de Olaguer era tomar terapia sicológica, comprometerse a continuar sus estudios y mantenerse en arresto domiciliario. Sin embargo, abogados y autoridades le dijeron que el caso estaba cerrado y que no se podía hacer nada.