Más Información
FGR ya investiga a alcaldesa de Coalcomán, Michoacán, por agradecer juguetes del “Mencho”; hay más de 10 funcionarios en la carpeta
"Agradecemos al señor Nemesio Oseguera"; ayuntamiento de Coalcomán, Michoacán, emanado de MC, agradece al "Mencho" y al CJNG por entrega de juguetes
Vladimir Putin ofrece disculpas por “trágico incidente” de avión azerbaiyano; sistema antiaéreo ruso estaba activo durante accidente, admite
Detienen y luego liberan a Melanie, joven brutalmente golpeada en Tamaulipas; la acusaban de presunto robo
Año Nuevo: festejos serán sin cohetes en Ángel de la Independencia y alcaldías; buscan evitar que suba la contaminación
Analistas y politólogos consideraron acertada la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de invalidar la prisión preventiva oficiosa para quienes cometen delitos fiscales, como defraudación, contrabando y facturación de operaciones simuladas o inexistentes (factureras), decretada en noviembre de 2019.
El politólogo José Antonio Crespo subrayó que con dicha reforma el Legislativo excedió sus facultades al extender la prisión preventiva de oficio a delitos no contemplados en el artículo 19 de la Constitución federal, y advirtió que esa figura se estaba aprovechando de manera facciosa.
“Se está aprovechando casi cualquier cosa para acusar a alguien sólo por sospecha y llevarlo a la cárcel, quitarle su libertad, su patrimonio, y que luego puede resultar inocente. Considero que se está mal utilizando esa figura, por lo que veo bien la determinación de la Corte para que se pueda reconfigurar el tema”, detalló.
El especialista dijo que esto no tiene por qué afectar la lucha contra la corrupción del presidente Andrés Manuel López Obrador, siempre y cuando se investigue y se sancione correctamente y conforme a derecho. “Sí, deben perseguir la defraudación fiscal y las factureras, pero deben aplicar la acción penal como la ley lo prevé, haber ampliado este delito a grave, con prisión preventiva, permitió acusar a medio mundo sin pruebas, abrió paso a la persecución, por eso creo que fue una determinación correcta, porque además en México la justicia no es pronta ni es expedita, y esto permitirá que no se use esta figura para venganzas o para persecuciones políticas”, agregó.
En tanto, Alberto Aziz Nassif, miembro del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS), detalló que los delitos fiscales se han estado penalizado en una forma bastante severa con la prisión preventiva oficiosa, pero sin las pruebas correspondientes para hacerlo de esa forma.
“Se ha dicho que esto no va a ayudar a combatir la corrupción o a inhibir los delitos, creo que esto no demerita la lucha contra la corrupción, porque se pueden perseguir estos delitos, sin la prisión preventiva oficiosa. Sí se puede continuar la lucha contra las llamadas factureras, pero sin que haya persecución y, en esa materia, el Poder Judicial está tratando de moderar cuál sería la sanción adecuada”, puntualizó Aziz.