El coordinador de en la Cámara de Diputados, Jorge Álvarez Máynez, impulsa una reforma que busca frenar el espionaje disfrazado de “inteligencia”.

En su exposición de motivos, el legislador recuerda que en el Gobierno del expresidente Felipe Calderón se hizo pública la compra de un software intrusivo conocido como Pegasus, y afirma que el mismo ha sido utilizado también en el gobierno de Enrique Pena Nieto y en el del Presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Es decir que en nuestro país es uno de los temas con mayor impunidad y que hoy es más preocupante con el incremento de la militarización del país en actividades puramente civiles donde se les ha señalado de intervenir comunicaciones bajo el concepto de “inteligencia””, señala el texto que ya fue publicado en la gaceta parlamentaria.

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Álvarez Máynez, explica que la intervención de comunicaciones actualmente se encuentra regulada en el Código Nacional de Procedimiento Penales, sin embargo, se continúa con una serie de irregularidades en cuanto a los procesos de investigación, “porque se aprovecha para la persecución o revanchismo político, con mayor frecuencia en época electoral”.

“A pesar de las denuncias presentadas ante la autoridad competente, no se han realizado las investigaciones pertinentes para eliminar o erradicar dichas prácticas, sin que a la fecha se haya sancionado a los responsables. Es decir que el espionaje en nuestro país es uno de los temas con mayor impunidad y que hoy es más preocupante con el incremento de la militarización del país en actividades puramente civiles donde se les ha señalado de intervenir comunicaciones bajo el concepto de “inteligencia””, advierte.

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La iniciativa busca modificar el primero, segundo, tercero, séptimo y penúltimo párrafo del artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para agregar que previo a realizar una intervención, el Ministerio Público debe “fundar y motivar, así como expresar el objeto y necesidad de la misma”.

También deberá detallar el objeto de la intervención, así como la tecnología empleada para llevar a cabo la misma.

Finalmente, establece que: “No se podrán autorizar intervenciones o el empleo de tecnologías o métodos de colaboración que comprometan de manera masiva la seguridad e integridad de los sistemas de comunicación o que no permitan al Juez de control del fuero correspondiente hacer las verificaciones a las que se refiere el párrafo anterior”.

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