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Las secretarías de Marina, Agricultura y Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Recursos Naturales acordaron regular la pesca sustentable y proteger la fauna en el norte del Golfo de California, entre ellas un área de cero tolerancia de 225 kilómetros cuadrados dentro de la zona de refugio de la vaquita marina .
Las tres dependencias establecieron medidas para regular artes, sistemas, métodos, técnicas y horarios para la realización de actividades de pesca con embarcaciones menores y mayores en zonas marinas mexicanas en el norte del Golfo de California.
De acuerdo con la Secretaría de Marina, se prohibieron permanentemente todas las redes de enmalle, incluyendo aquellas construidas de hilo de naylon monofilamento o multifilamento, o cualquier modificación de las mismas, incluidas las redes agalleras, operadas de forma activa o pasiva para la realización de actividades de pesca en la zona marina señalada.
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Las únicas artes de pesca permitidas serán de redes de arrastre de camarones y redes de arrastre de escama marina, redes suriperas, línea de anzuelos, palangre, trampas y el buceo libre o semiautónomo de manguera y compresor.
En cuanto a medidas de control, seguridad y protección de la fauna, la Semar informó que se acordó que las personas físicas o morales que realicen actividades de pesca con embarcaciones menores en la zona marina delimitada deberán informar a la Oficina de Pesca de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) más cercana al domicilio en donde desarrollen sus actividades de pesca, en un periodo no mayor a las 24 horas siguientes a la llegada de la embarcación a su sitio de arribo o puerto base.
Asimismo, se estableció que las embarcaciones que cuenten con concesión o permiso deberán tener instalado un sistema de monitoreo a prueba de alteraciones y manipulaciones, instalado y funcionando, con la tecnología y características que se determinen en las concesiones o permisos de pesca correspondientes, conforme a lo dispuesto por el Artículo 125 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables , así como un sistema de video de monitoreo, de acuerdo con los artículos 46 y 125 de la misma Ley.
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Según la Semar, las embarcaciones menores serán inspeccionadas, sin excepción, al momento de la salida, así como en el desembarque, por personal de la Marina, Guardia Nacional, Conapesca y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en los términos de su competencia.
Las medidas acordadas por la Semar, Semarnat y la Sader se publicó este jueves en el Diario Oficial de la Federación y es obligatorio para los titulares de concesiones y permisos de pesca, así como para capitanes y patrones de embarcaciones, motoristas, pescadores y tripulantes de embarcaciones, tanto menores como mayores, incluyendo pescadores deportivos y prestadores de servicios a la pesca deportiva-recreativa que realicen actividades de pesca en zonas marinas mexicanas en el norte del Golfo de California.
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