Tras el fallecimiento de la teniente Gloria Carolina Chazaro Berriel, que ocurrió el 10 de junio, la señaló que la Fiscalía General de la República () es la autoridad competente en investigar las causas de su muerte.

En tanto la Colectiva feminista Las Brujas del Mar, señaló que la Teniente fue encontrada sin vida en su casa en Veracruz, hace más de un mes.

“Entre más se sabe del caso, más se confirma que no se trató de un suicidio. Quien pudiera ser responsable de su feminicidio y la última persona en verla con vida, está desaparecido, era su pareja: el capitán Octavio Capetillo”, detalló la Colectiva.

En un comunicado la Marina resaltó que no tiene competencia legal para pronunciarse sobre la vida personal de los elementos, toda vez que se estaría vulnerando el derecho a la intimidad, previsto en la Constitución en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

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Refrendó el compromiso con sus elementos y remarcó que se mantiene atenta al resultado de las investigaciones que realizan las autoridades correspondientes, a fin de no generar especulaciones sobre la vida privada y las causas de la muerte de dicha Oficial.

También manifestó su disposición para proporcionar la información requerida por las autoridades encargadas de impartir justicia en México, a fin de esclarecer este suceso.

“La Secretaría de Marina expresa sus condolencias con los deudos de la Oficial, quien en vida dio muestra de compromiso con nuestro país, siendo un ejemplo para las mujeres navales durante su trayectoria en esta Institución”, detalló la dependencia.

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CNDH gira recomendación a Semar

En otro tema, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación a la Secretaría de Marina (Semar), tras acreditar que un elemento de esa institución detonó su arma de cargo en contra de una persona que perdió la vida el pasado 8 de marzo, en la colonia los Silos en Chontalpa, Huimanguillo, Tabasco.

En un comunicado, el organismo expuso que la queja fue presentada el 10 de marzo de 2023 por una persona familiar directa de la víctima, quien refirió que el 8 de marzo de este año, la persona se transportaba en motocicleta por las inmediaciones de las vías del ferrocarril, en la colonia los Silos, en Chontalpa, Huimanguillo, cuando personal de la Semar le marcó el alto, pero éste hizo caso omiso, por lo que de inmediato, uno de los elementos navales le disparó por la espalda, provocando que cayera al suelo y perdiera la vida en el lugar.

Personal de la CNDH obtuvo evidencias testimoniales y documentales con las que se pudo determinar que la persona servidora pública señalada como responsable incurrió en uso excesivo y desproporcionado de la fuerza en contra de la víctima.

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La Comisión Nacional determinó que también se cometió la violación a los derechos humanos a la familia y al sano desarrollo, en agravio de cuatro personas, familiares directos de la persona fallecida, quienes resultan ser víctimas indirectas del deceso ocurrido.

Y acreditó que en el presente caso, al no ceñirse a los principios que rigen su actuar, la autoridad señalada como responsable dejó en estado de indefensión a la víctima, debido a que no agotó las acciones menos lesivas para lograr su cometido, que era detener el desplazamiento de la motocicleta que conducía, contrario a ello, efectuó un disparo con arma de fuego, bajo el argumento de que repelió una supuesta agresión, lo que no quedó acreditado, por lo que se concluye que si bien es cierto el elemento de la Semar manifestó que la víctima conducía a exceso de velocidad, no se justifica el uso de la fuerza letal.

La CNDH solicita a las autoridades de la Semar la reparación integral del daño ocasionado, para lo cual deberá tramitar la inscripción de la víctima y de sus familiares en el Registro Nacional de Víctimas y otorgarles las medidas de compensación previstas en la ley.

Además, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), deberá proveerles de las medidas de rehabilitación que les facilite hacer frente a los efectos sufridos por causa de las violaciones graves a sus derechos humanos, como son servicios de asesoría jurídica, así como atención médica, psicológica y tanatológica para su recuperación psíquica y emocional, y deberá incluir la provisión de medicamentos en caso de necesitarlos.

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asf/rcr

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