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Durante la conferencia mañanera de jueces y magistrados del Poder Judicial llevada a cabo este 22 de octubre, el magistrado Juan José Olvera López reveló que en 2005 se negó a someter al entonces jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, a un proceso de desafuero promovido por el expresidente Vicente Fox Quesada.
“En 2005 el entonces exjefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, que es un caso público en todos los sentidos, en su momento yo decidí como juez rechazar la pretensión del fiscal de llevarlo a juicio”, expresó.
Precisó que rechazar el caso penal trajo algunas consecuencias, entre otras, que López Obrador pudiera ser habilitado para contender por primera vez a una candidatura presidencial en 2006.
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“Haberlo sometido a proceso, de acuerdo con las reglas constitucionales de ese momento, era que él no podría ni siquiera ser candidato debido a esta decisión y fue en abril de 2005 que se cerró el caso en su contra y él pudo contender”, indicó.
Finalmente, Olvera López señaló que fue una decisión que “como juez fue algo correcto y había que hacerlo”.
“Lo tenemos que hacer siempre, independientemente de quién venga ante los jueces, ante los tribunales, ante el amparo. Como lo hace un médico cuando atiende a una persona que está en el hospital, tiene que atenderlo independientemente de lo que lo llevó ahí”, apuntó.
Defienden resoluciones en caso de Caro Quintero y “El Güero” Palma
Luego de que la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, acusó ayer durante la conferencia mañanera de la presidenta Claudia Sheinbaum al Poder Judicial de efectuar resoluciones a favor de los capos Rafael Caro Quintero y Héctor Luis “El Güero” Palma Salazar, el magistrado José Rogelio Alanís García explicó las decisiones ante estos casos.
En el caso de Rafael Caro Quintero, el magistrado señaló que el narcotraficante pidió y le fue concedida una suspensión para no ser extraditado.
“Los artículo 126 y 127 de la Ley de Amparo establecen que en todo caso que se reclame una extradición se debe conceder la suspensión, eso lo dice la ley, no los jueces”, argumentó.
Sobre Héctor “El Güero” Palma, el magistrado Alanís García señaló que la secretaria de Gobernación mencionó que se le concedió un amparo porque “se subsanó el actuar de su defensa”, por lo que explicó la determinación de la decisión.
“Pero es el caso que la Constitución, el artículo 107, fracción tercera, y también el artículo 79 fracción tercera de la Ley de Amparo ordena que el juez debe suplir la deficiencia”; es decir, que se otorgó el amparo porque hubo una violación constitucional.
Juez desmiente a FGR por caso de Cuén Ojeda
Alejandro Alberto Díaz, juez federal desmintió por segunda ocasión a la Fiscalía General de la República (FGR), quien lo acusó de rechazar una orden de aprehensión relacionada al caso del exrector de la Universidad Autónoma de Sinaloa, Héctor Melesio Cuén Ojeda.
El juez dijo que cuando se efectuó la audiencia el 5 de octubre la FGR no tenía las pruebas que presuntamente acreditaban que los indicios hemáticos localizados en Huertos del Pedregal en Culiacán correspondieran a Cuén Ojeda.
Durante la conferencia de juzgadoras y juzgadores del Poder Judicial, el impartidor de justicia señaló que se trató de una audiencia con una duración de 12 horas, donde la FGR presentó insuficiencia probatoria y reiteró que la Fiscalía desistió de la solicitud de orden de aprehensión.
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Agregó que en esa audiencia hizo ver a la Fiscalía que podía solicitar la orden de aprehensión en Culiacán porque los hechos ocurrieron en esa ciudad, pero por las características y el involucramiento de un líder del crimen organizado, se le especificó a la autoridad que podía solicitar la audiencia ante un juez adscrito a un centro penal de máxima seguridad.
“La audiencia se realizó el 5 de octubre del año en curso, para entonces no se tenía la Fiscalía como se señaló en el comunicado, no tenía prueba concluyente inicial que estableciera que las muestras de sangre encontradas en el lugar pertenecían al perfil genético del señor Héctor N… En la nota específicamente señalan que las pruebas la fiscalía las obtuvo apenas el pasado 17 de octubre, es decir 12 días después de que solicitaran la orden de aprehensión”, precisó.
Respecto a los señalamientos de corrupción en el Poder Judicial por parte de la titular de la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, el magistrado José Rogelio Alanís García expresó que los casos mencionados en las mañaneras son una muestra muy pequeña, insuficiente para justificar una reforma de esta magnitud.
uul/apr