Más Información
![Semana negra de violencia contra los niños; estos son los casos de Fátima, Lluvia Yareni, Martín y Bartolo](https://www.eluniversal.com.mx/resizer/v2/PFVWZD5VQBDWXCJHBZ3QRS42GQ.jpg?auth=b9d0dfc4ae0d61bec7dd66d6f4e76b78d2613d0e69cc537e6f12710c7448e801&smart=true&width=263&height=200)
Semana negra de violencia contra los niños; estos son los casos de Fátima, Lluvia Yareni, Martín y Bartolo
![Desata indignación ataque a Fátima por su amor al K-Pop; exigen justicia por la adolescente lanzada de varios metros en Iztapalapa](https://www.eluniversal.com.mx/resizer/v2/LWJPDGGVBFANJJXZ3EATQH2G4Q.jpg?auth=c1b3d8a3bc124d3d0950871363643cb9b486a78fffa721780ccb41e3c3b7311e&smart=true&width=263&height=200)
Desata indignación ataque a Fátima por su amor al K-Pop; exigen justicia por la adolescente lanzada de varios metros en Iztapalapa
![Ellos son los aliados y estrategas de “El Mayo” Zambada; así se defiende la “mayiza” en su guerra contra la “chapiza”](https://www.eluniversal.com.mx/resizer/v2/LUWUC2ADH5F6JG3MW2JDFOSEFI.jpg?auth=6083e9617a36e2a58de7f4d7e754d952089cede1b3d57498c7d47cef3cc30d8a&smart=true&width=263&height=200)
Ellos son los aliados y estrategas de “El Mayo” Zambada; así se defiende la “mayiza” en su guerra contra la “chapiza”
El Juzgado Cuarto de Distrito en Guanajuato concedió el amparo de la justicia federal a un menor para que, mediante un proceso de rectificación administrativa, se le expida una nueva acta de nacimiento con una reasignación de nombre y cambio de sexo.
Tras resolver el amparo indirecto 664/2022, se concluyó que la Directora de Asesoría Jurídica y Rectificación de la Dirección General del Registro Civil del Estado de Guanajuato debe inaplicar el artículo 44 del Código Civil para esa entidad por resultar inconstitucional e inconvencional.
Se consideró que cuando una persona pretende cambiar de nombre o de sexo en su acta de nacimiento, debe acudir a la vía administrativa y no la jurisdiccional como lo señala la norma y como lo determinaron las autoridades, ya que constituye una violación al libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual.
Una madre, en representación de su menor hijo, quienes residen en León, Guanajuato, promovió un amparo contra autoridades locales y estatales, que le negaron al menor la modificación de su identidad en el acta de nacimiento, aduciendo que por obligación debía acudir a la vía judicial para ello.
Lee también: Corte resuelve que infancias trans de BCS pueden cambiar su acta de nacimiento
La impartidora de justicia señaló que este proceder transgrede los derechos a la identidad y a la vida privada del quejoso, pues implica una excesiva publicidad, lo expone públicamente y le provoca afectaciones indebidas e innecesarias en su vida privada.
En su razonamiento, la juzgadora detalló que las autoridades competentes deben optar por la vía administrativa, por ser la idónea para salvaguardar el derecho humano a la identidad y a cumplir con los principios de privacidad, sencillez y celeridad que deben tener este tipo de procedimientos.
La sentencia establece que los numerales 44 y 140-A del Código Civil del Estado de Guanajuato son inconstitucionales, en cuanto aduce que el cambio de sexo en el acta de nacimiento debe hacerse en la vía jurisdiccional, debido a que limitan la elección de la preferencia sexual por la que la persona elija.
En síntesis, se resolvió que el Registro Civil de Guanajuato debe admitir a trámite la solicitud presentada por la parte quejosa, a fin de que modifique el nombre y sexo del menor en su acta de nacimiento, y resuelva de acuerdo a los lineamientos señalados en la sentencia.
Lee también: Desde la marcha LGBT+ en CDMX piden atender a las infancias trans
Además, se precisa que la autoridad deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 136-A del Código Civil de la entidad que señala cuando haya procesos o procedimiento que deriven en el cambio de apellidos de niñas, niños y adolescentes.
Estos tendrán el derecho a opinar y a ser tomados en cuenta confirme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez toda vez que el quejoso es un menor de edad que aún no cuenta con 18 años cumplidos.
También, se instruyó a las autoridades del Registro Civil realizar las anotaciones correspondientes en el acta original, reservar los datos originales y la referida acta para resolver posibles controversias o conflictos derivados del cambio registral.
Suscríbete aquí para recibir directo en tu correo nuestras newsletters sobre noticias del día, opinión y muchas opciones más.
rmlgv