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El organismo Educación con Rumbo, informó que el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, concedió una suspensión para la entrada en vigor del Programa Piloto implementado por la Secretaría de Educación Pública (SEP) en 960 escuelas públicas por considerarlo inconstitucional y analizará la constitucionalidad del Modelo Educativo.
El amparo fue radicado en el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la CDMX, bajo el expediente 1457/2022.
El abogado Miguel Ángel Ortiz, representante de Educación con Rumbo, señaló en un comunicado que el Programa Piloto de la SEP es inconstitucional al establecer dos modelos de educación : uno para 960 escuelas que no cumple con el estándar de calidad, que no cuenta con la certeza de los planes, programas y material educativo que servirán de base.
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Además de que los maestros no hayan sido previamente capacitados; y otro para el resto de escuelas públicas y privadas.
Ortiz afirmó que no existe justificación legal para que la dependencia únicamente implemente el Programa en escuelas públicas, por lo que el modelo que se aplicará a los niños de las 960 escuelas públicas es discriminatorio.
Abundó que se trata de un modelo “prueba-error”, el cual calificó de experimental y, por ende, inconstitucional al tratarse de un Programa que no garantiza la educación científica ni de calidad en condiciones de igualdad como lo establece la Constitución.
El litigante manifestó a este diario que la suspensión concedida detiene la implementación del Programa Piloto y fue notificada el pasado viernes 30 de septiembre.
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“La repercusión de la suspensión concedida radica en que la SEP deberá mantener el modelo educativo vigente en todas las escuelas, incluidas las 960 escuelas en las cuales implantaría un modelo educativo que no ha sido certificado ni avalado por el Consejo Nacional de Participación Escolar en la Educación y en donde los maestros no han sido capacitados”, expuso.
Paulina Amozurrutia, Coordinadora Nacional de Educación con Rumbo, calificó como una decisión valiente y sin precedentes del Poder Judicial que obliga a las autoridades a replantear la política educativa del país.
Esto a la luz de los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales en favor de los menores y a garantizar la participación y aprobación de la sociedad civil tal y como establece el artículo 135 de la Ley General de Educación, lo que en el caso del “nuevo modelo educativo” no sucedió.
Resaltó que el amparo concedido es un logro inédito y relevante de la Sociedad Civil para garantizar el interés superior de los niños y niñas de México y asegurar una educación en condiciones de igualdad, sustentado en el método científico y libre de contenidos ideológicos.
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