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Uriel Carmona Gándara, fiscal de Morelos, solicitó un amparo contra cualquier orden de extradición a Estados Unidos.
La titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal, María del Carmen Sánchez Cisneros, refirió que la medida cautelar es para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que guardan y no se ejecute el acto reclamado.
Detalla que el servidor público deberá quedar a disposición del juzgado de amparo en lo que se refiere a su libertad personal, en el lugar en que se encuentra recluido y a disposición de la autoridad responsable para la continuación del procedimiento de extradición.
La jueza indica que toda vez que, el promovente del amparo solicitó la suspensión del acto reclamado consistente en la extradición en contra del quejoso, entre otros, al encontrarse reunidos los requisitos establecidos en los artículos 125 y 126 de la Ley de Amparo en derecho procede realizar el siguiente análisis… Por tanto, al ser inminente la extradición y salida del país del quejoso, se concede de oficio la suspensión de plano, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que guardan.
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Esto es, que no se ejecute el acto reclamado, así como para que el quejoso quede a disposición de este juzgado de amparo, en lo que corresponde a su libertad personal en el lugar en el que se encuentra recluido y a disposición de la autoridad responsable para la continuación del procedimiento de extradición.
La juzgadora remarca que debe precisarse de forma categórica, que la concesión de esta medida suspensional únicamente se limita a paralizar los efectos de la orden de extradición por las autoridades responsables señaladas en la demanda.
Indica que se encuentra interno en el Reclusorio Preventivo Varonil Sur, además se hace extensiva al director del centro preventivo, la suspensión de oficio y de plano que se decretó en proveído 4 de agosto pasado por los actos ahí referidos, al encontrarse reunidos los requisitos establecidos en los artículos 15, 125 y 126 de la Ley de Amparo. Por tanto, al ser inminente la extradición y salida del país del quejoso, se concede de oficio la suspensión de plano a Uriel Carmona.
También otorga la suspensión de oficio y de plano respecto a la incomunicación y acto de tortura psicológica y mediática, “se concede la suspensión de plano para el efecto de que las autoridades responsables de manera inmediata cesen los actos de incomunicación y tortura psicológica y mediática, así como cualquier otro acto de los contemplados por el artículo 22 de la Constitución del que esta siendo objeto el impetrante. En la inteligencia, la salud, seguridad y custodia de la parte quejosa queda bajo la más estricta responsabilidad de la autoridad a cuya disposición se encuentre.
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El fiscal fue detenido el pasado viernes y se señalado por su probable participación en Delitos Cometidos contra la Procuración y Administración de Justicia en el caso de Ariadna Fernanda López de 27 años, que su cuerpo fue hallado el 31 de octubre de 2022 en la carretera conocida como La Pera-Cuautla, en Tepoztlán.
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