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Un juez federal ordenó no reservar la información relacionada con las obras prioritarias del gobierno federal por razones de interés público y seguridad nacional como estaba previsto en el llamado decretazo del presidente Andrés Manuel López Obrador publicado el pasado 22 de noviembre de 2021.
La juez Celina Angélica Quintero Rico, del Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México, concedió una primera suspensión definitiva en amparo a la organización de la sociedad civil Litigio Estratégico para que no le sea aplicado el acuerdo por el que se instruye a las dependencias federales realizar las acciones necesarias para considerar las obras y proyectos del gobierno federal como de interés público y seguridad nacional.
El acuerdo fue publicado el pasado 22 de noviembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación y al considerar las obras y proyectos prioritarios como de seguridad nacional, ello implicaba que las autoridades estaban obligadas a reservar toda la información relacionada con las mismas.
Con la suspensión concedida, la organización puede solicitar información relacionada con obras como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles o el Tren Maya vía transparencia y las autoridades no podrán negarla bajo el argumento de la seguridad nacional.
“Se concede la suspensión definitiva a favor de la quejosa, únicamente referente a que los actos reclamados no sean considerados como de ‘interés público y seguridad nacional’ y con ello, no se restrinja el acceso a la información y documentación relacionada con dichos proyectos de infraestructura”, señaló la juez.
Sin embargo, las autoridades sí pueden reservar la información relacionada con estas obras y proyectos pero bajo argumentos distintos al de interés público y seguridad nacional.
El año pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió una suspensión en los mismos términos al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Ambas resoluciones sientan un precedente judicial que puede ser invocado por otras personas al momento de hacer solicitudes vía transparencia sobre las obras y proyectos prioritarios del gobierno federal.
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