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El juez federal Felipe de Jesús Delgadillo Padierna ordenó a las autoridades del penal de Santa Martha Acatitla practicar estudios médicos a Rosario Robles Berlanga , ex titular de la Secretaría de Desarrollo Social, para descartar que tiene Covid-19 .
Fuentes federales confirmaron que la Fiscalía General de la República (FGR) formuló acusación en su contra para continuar con su proceso.
En cumplimiento a una suspensión provisional que le fue concedida a la ex funcionaria, el juez Delgadillo Padierna, en su carácter de administrador del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur, emitió un oficio en el que ordenó salvaguardar la integridad física y la salud de la quejosa.
“Emplear los recursos que tenga a su alcance para garantizar la sanitización/desinfección del dormitorio de María del Rosario Robles Berlanga y practicar los estudios médicos necesarios a fin de descartar que se encuentra enferma de Covid-19”, señaló el juez administrador.
La suspensión de la que derivó dicha orden fue concedida por el juez Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal en el juicio con el que impugnó la negativa a revisar la medida cautelar de prisión preventiva justificada a la que está sujeta.
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Con este juicio, Robles Berlanga busca que se le conceda la posibilidad de llevar su proceso por ejericicio indebido del servicio público ya sea en prisión domiciliaria o en libertad condicional.
EL UNIVERSAL informó que el juicio fue admitido el pasado 10 de agosto y con la suspensión provisional decretada, el juez de amparo ordenó a Delgadillo Padierna implementar todas las medidas necesarias para que su estancia en el penal de Santa Martha esté apegado a los estándares internacionales y no ponga en riesgo su salud, mientras se resuelve el juicio de garantías.
Según el oficio 3390/2020 del 14 de agosto pasado, Delgadillo Padierna emitió las medidas para proteger a la ex funcionaria cuyo cumplimiento deben informar las autoridades del penal de Santa Martha para que el juzgador las haga saber, a su vez, al juez de amparo.
“Brindar a María del Rosario Robles Berlanga, la atención médica eficiente y necesaria; adoptar las medidas necesarias para salvaguardar la integridad física y la salud de la quejosa”, señaló.
“Tomar prevenciones, acciones y medidas pertinentes para controlar y/o evitar su contagio con el virus Covid-19 , además de implementar todas las medidas de seguridad necesarias para preservar la salud de la justiciable y, en consecuencia, su vida”.
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Además, el juez ordenó que en caso de que Rosario Robles sea considerada persona vulnerable al Covid-19, las autoridades del penal deberán velar para que permanezca alejada de personas con el virus.
“En el caso de que la quejosa se encuentre en un grupo vulnerable, vele para que no cohabite o se encuentre en contacto directo y permanente con personas diagnosticadas con el virus Covid-19 o cualquier otro que ponga en riesgo su salud y, en consecuencia, su vida”.
El juicio de amparo tramitado por Robles no pone freno al procedimiento penal que se sigue en su contra por ejercicio indebido del servicio público, delito del que está acusada por supuestamente no hacer nada para evitar que sus subalternos en la Sedesol y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) cometieran irregularidades para ejecutar un desvío millonario en ambas dependencias que se conoce como la Estafa Maestra.
De hecho, luego de que el juez Delgadillo Padierna informó a la defensa que la última prórroga que solicitó para el término de investigación complementaria había concluido, Robles descartó requerir una nueva ampliación.
Por el contrario, solicitó al juez requerir a la Fiscalía General de la República para que formule su acusación e inicie la etapa intermedia del proceso.
El juez requirió a la FGR y tiene hasta el próximo 26 de agosto para formular su acusación con lo que Robles y los fiscales podrán presentar sus pruebas y con esto se estará en posibilidad de iniciar la etapa de juicio.
De acuerdo con las reglas del sistema penal acusatorio esta etapa no podrá ser conocida por el juez Delgadillo Padierna debido a que, además de ser juez administrador, el Código Nacional de Procedimientos Penales prohíbe a los juzgadores que ya intervinieron en alguna etapa del procedimiento antes de la audiencia de juicio formar parte del tribunal de enjuiciamiento que conocerá de esta fase.
fml