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Del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2023, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) emitió 162 sanciones a servidores públicos del Poder Judicial de la Federación (PJF). Algunos de ellos se hicieron acreedores a dos o más castigos por diversas conductas.
De acuerdo con el organismo, 53 sanciones fueron inhabilitación, que comprende hasta 10 años; 32, suspensión, que llega hasta un año; 23, destitución y 54 castigos que contemplan amonestación privada, pública, apercibimiento privado y sanción económica.
Entre los motivos se detallan acoso sexual, hostigamiento sexual, abuso de posición jerárquica, beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables y conducta contraria a los principios de legalidad, honradez y lealtad.
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También, la falta al deber de presentar con veracidad la declaración de modificación patrimonial, abusar del cargo, cohecho, falta de profesionalismo en el desempeño de sus labores y falta de profesionalismo al conducirse con falsedad en demérito de su fe pública.
Ello, en el marco de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Entre los servidores públicos penalizados se encuentran jueces de Distrito, magistrados de circuito, actuarios judiciales, directores generales, secretarios de juzgados y oficiales administrativos.
En respuesta a una solicitud de información de EL UNIVERSAL, el CJF detalló que en 2020 hubo 67 sanciones a servidores públicos del Poder Judicial; en 2021, 70; en 2022, 11 y en 2023, 14.
El 30 de septiembre de 2023, un juez del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil, en Jalisco, fue inhabilitado por 10 años.
La causa fue por hostigamiento laboral, acoso sexual, violación a disposiciones relacionadas a derechos laborales, así como la asignación de funciones diferentes a las que corresponden al nombramiento conferido y llamadas de atención que trascendieron a los expedientes jurisdiccionales.
Asimismo, el 30 de septiembre de 2022, un juez del Juzgado Tercero de Distrito con sede en el estado de Sonora fue suspendido de sus funciones por un año, al incurrir en hostigamiento laboral en contra del personal a su cargo.
Además, por atentar contra los principios de dignidad, imparcialidad y profesionalismo propios de la función pública judicial, al no observar buena conducta en su puesto, ni tratar con respeto y rectitud a las personas, lo que implica un ejercicio abusivo del cargo.
En 2021, un secretario del Primer Tribunal Unitario del Decimoctavo Circuito en el estado de Morelos fue destituido por incurrir en hostigamiento sexual, trato inadecuado y falta de profesionalismo en el desempeño de sus funciones.
Además, por consumir tabaco y bebidas embriagantes dentro de las instalaciones del órgano jurisdiccional, irregularidades en expedientes a su cargo, en sus declaraciones patrimoniales, obtener ingresos distintos a los que por razón de su puesto le correspondían y faltar a la veracidad en sus declaraciones.
Arturo Pueblita Fernández, presidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM), explica a El Gran Diario de México que estas acciones forman parte del derecho disciplinario, a través del cual los órganos del Estado que están encargados de la revisión y actuación de los funcionarios establecen sanciones.
Abunda que existen estas disposiciones para el poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como para los órganos autónomos y en todos estos casos se prevé la posibilidad de castigar a los servidores públicos.
“En este caso el Consejo de la Judicatura Federal tiene un área que se denomina Secretaría Ejecutiva de Disciplina, que es la encargada de instaurar los procedimientos en contra de aquellos integrantes del Poder Judicial que considera han actuado de manera contraria a la ley y se hacen merecedores a una sanción de carácter administrativo”, remarca el abogado.
Refiere que en estricto sentido las sanciones tienen como finalidad inhibir las actuaciones indebidas.
El presidente del INCAM sostiene que el número a la baja en las sanciones podría estar relacionado con que existan menos procedimientos sancionatorios o un cambio en los criterios a través de los cuales se castiga a los funcionarios.
Claudia Aguilar, integrante del Consejo de la Barra Mexicana Colegio de Abogados (BMA) subraya que ante las faltas en que pudieran incurrir los integrantes del PJF, el Consejo de la Judicatura tiene diversas sanciones que pueden incluir desde amonestaciones, hasta la destitución de los cargos.
“Obviamente pueden dar lugar no sólo a la destitución, sino en paralelo fincar sanciones administrativas o penales, e incluso dar vista al Ministerio Público”, indica.
Señala que el alza o disminución de las sanciones depende de muchos factores, por ejemplo, que se estén haciendo mejor las cosas.
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