Nación

“Inexistencia de información, cada vez más frecuente”

Al responder solicitudes de acceso, es práctica común en instituciones: Inai

Francisco Acuña, comisionado presidente del Inai, destacó la importancia de los archivos para contar con registros del actuar del servicio público. ARCHIVO EL UNIVERSAL
16/09/2019 |02:53Alberto Morales/ enviado |
Redacción El Universal
Pendiente este autorVer perfil

nacion@eluniversal.com.mx

El comisionado presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), Franciso Javier Acuña Llamas, expresó su preocupación en cuanto a que la “incompetencia y la inexistencia de información” se están convirtiendo en una práctica cada vez más frecuente de las instituciones públicas al responder las solicitudes de acceso.

“Creímos que la inexistencia, hueca o no comprobable, y la incompetencia, manifiestamente improcedente, [de información] habían sido para evitar el problema de revisar el pasado y aportar elementos que deben estar a la vista”, resaltó.

Newsletter
Recibe en tu correo las noticias más destacadas para viajar, trabajar y vivir en EU

Esto, luego de que el Inai ordenó a la Lotería Nacional para la Asistencia Pública (Lotenal) dar a conocer la sanción que impuso a la empresa Consultores de México en Informática S.A. de C.V., precisando concepto, monto y, en su caso, razones por las cuales no fue aplicada.

Un ciudadano interesado en conocer la sanción se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el Inai, debido a que la Lotenal declaró la inexistencia de la información argumentando que no había constancia de la contratación de la empresa.

Sin embargo, en la ponencia a cargo del comisionado Acuña Llamas se localizó, en el Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2003 de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), que sí existió una relación contractual entre la dependencia y la empresa Consultores de México en Informática S.A. de C.V.

En ese informe se da cuenta de que sí hubo penalizaciones por parte de Lotenal a dicha empresa, las cuales no fueron aplicadas y, de acuerdo con la ASF, generaron un probable daño patrimonial de 2.2 millones de pesos.

Se concluyó que la búsqueda de información no cumplió con los principios de exhaustividad y congruencia, pues si bien la sanción impuesta no fue aplicada, la dependencia debió informar sobre la relación contractual con la compañía, la penalización en cuestión y los motivos por los que no la aplicó.

Al presentar el caso ante el pleno, el comisionado Acuña destacó la importancia de los archivos para contar con registros del actuar del servicio público, sobre todo cuando se involucra el ejercicio de recursos.

Así, el pleno del Inai revocó la respuesta de la Lotenal y le instruyó dar a conocer la sanción impuesta a la empresa Consultores de México en Informática S.A. de C.V., y, de ser el caso, las razones por las que no fue aplicada.

Te recomendamos